martes, abril 23, 2024

Comunicado público Familiares PPM CAM

Los familiares de los presos políticos mapuche Héctor LLaitul Carrillanca y Ernesto LLaitul Pezoa, prisioneros en el Penal Bio Bio (El Manzano 2) de Concepción, informamos lo siguiente:

1. Que la Defensoría Penal Mapuche apelará, durante esta semana, ante la Corte Suprema la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó el Recurso de Amparo presentado en favor de los comuneros mapuche y simpatizantes detenidos en la «Operación Huracán«.

2. Que dicho Recurso de Amparo tiene por objetivo dejar sin efecto la medida Cautelar de Prisión Preventiva que pesa sobre nuestros familiares, con el fin de restablecer el imperio del derecho transgredido por el Juzgado de Garantía de Temuco, juez y parte de ésta operación.

3. Que dicho Recurso de Amparo tiene por objetivo defender el derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual que ha sido vulnerada a través de dicha resolución, junto con exigir los fundamentos por los cuales un Tribunal de la República ha decretado su privación de libertad, lo que la Jueza de Garantía Luz Mónica Arancibia Mena, no explicó ni fundamentó.

4. Que en dicho Recurso de Amparo, se manifiesta la ilegalidad de las detenciones puesto que los antecedentes entregados al Tribunal fueron obtenidos con «infracción de garantías«, toda vez que se acudió a la Ley del Sistema de Inteligencia, que crea la ANI (LEY 19.974). Puesto que como la misma señala… «se restringe la utilización de la información para fines de inteligencia y contrainteligencia, cuyo objetivo es dotar a las autoridades para la toma de decisiones y bajo ningún aspecto fundar una imputación penal«.

Permitir que ésta operación siga adelante significa dar luz verde a la intervención, infiltración, persecución y represión de todos los movimientos sociales del país, así como de la vida personal.

5. Que en dicho contexto, se develan también las siguientes irregularidades:

– La autorización para llevar a cabo esta operación aludía expresamente a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Temuco. No obstante, tres de los detenidos registran domicilio en la Octava Región.

– En la Formalización no se logra acreditar que existiera algún tipo de relación entre los detenidos. Pues no existe, salvo que la mayoría son mapuche y conocidos dirigentes de sus respectivas comunidades y organizaciones.

– Seis de los detenidos sólo fueron formalizados por Asociación Ilícita Terrorista, sin ningún delito base que de sustento a dicha acusación, es decir, sólo se reunían “terroristamente” pero no cometían delitos.

– En la acusación no se identifica los números de los celulares desde donde se enviaron los WhatsApp y sólo se señalan apodos, que ellos interpretan pertenecen a las personas detenidas.

– Que del centenar de allanamientos sorpresivos y simultáneos, no se requisaron armas, pasamontañas ni nada que pudiera ser utilizado en algún delito.

Finalmente, ante la gravedad de esta situación, hacemos un llamado a todos los organismos de derechos humanos y organizaciones políticas y sociales a pronunciarse y oponerse a la utilización de la Ley de Inteligencia para la represión de los movimientos sociales.

NO A LA LEY DE INTELIGENCIA –  NO A LA LEY ANTITERRORISTA

Familiares de los presos políticos mapuche

Héctor LLaitul Carrillanca y Ernesto LLaitul Pezoa

- Advertisment -spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Lo Más Reciente