sábado, diciembre 7, 2024

La “broma” en el día de los inocentes del diario el mercurio sobre los derechos indígenas y el Convenio 169 de la OIT

En Chile no existen otro instrumento internacional de Derechos Humanos más maquineado y amplia y antojadizamente interpretado como  el Convenio 169 de la OIT. Por una parte sectores conservadores y grupos de empresarios ultras, acostumbrados a promover y amparar las violaciones a los derechos humanos, vienen intentando cercenar, menoscabar e interpretar a su antojo estas normas de derecho. Por otro, sectores autodenominados progresistas, complacientes a los grupos de poder económico y timoratos en su actuar político, vienen actuando erráticamente y  en forma reiterada  con respecto a los procedimientos y formas de implementación del convenio.

El  28 de diciembre 2014, en el día de los inocentes, el Diario El Mercurio, del empresario Agustín Edwards, desde donde se ha originado la campaña comunicacional sobre “terrorismo Mapuche”, propia de sectores autócratas, publicó que “En 2019, Chile podría retirarse del Convenio 169 de la OIT”, haciendo alusión que documento incluye posibilidad de revisión cuando cumpla 10 años de vigencia: “De controvertida aplicación y objeto de reparos en el mundo empresarial -que le atribuye responsabilidad en la paralización de millonarias inversiones-, el acuerdo considera en su propio texto una poco conocida cláusula para salir de él”, señalaba el medio. Agregando: “Todo miembro que haya ratificado este convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período de diez años, a partir de la fecha en que se haya puesto inicialmente en vigor, mediante un acta comunicada, para su registro, al director general de la Oficina Internacional del Trabajo. La denuncia no surtirá efecto hasta un año después de la fecha en que se haya registrado».

El Mercurio al respecto “analiza” esta materia, señalando:  “Esta frase -desconocida para muchos- se encuentra en el artículo 39, casi al final del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, «sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes». El documento -que en 2014 cumplió cinco años de aplicación en Chile- es objeto de intensa controversia y es señalado desde el mundo empresarial como uno de los factores que ha introducido mayores grados de incertidumbre para la concreción de inversiones”.

Al parecer “El decano de la prensa chilena”,  recién ha dado con las “desconocidas” disposiciones finales del convenio las que siempre han estado VISIBLES, ratificado en septiembre del 2008, vigente del 2009  y cuya aprobación se remonta al año 1989, sin embargo,  hoy, el periodismo  del diario de Agustín, genera una “interpretación”  sobre estos articulados.

El planteamiento del diario de Agustín Edwards, es coincidente con ciertos   sectores de poder económico en el Perú que vienen levantando las mismas cortinas amenazantes y  sueltas,  sin razones de alcances, sentidos y procedimientos, tal como  lo hace la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía, quienes han planteado a medios  como el comercio que “El país que denuncie el pacto puede hacerlo y salirse pero tiene que esperar diez años a partir de la firma del convenio”,  en palabras de su presidenta  y difundido en mayo de este año sobre el convenio 169 de la OIT y las “complicaciones” a sectores empresariales en materia de consulta.

Campaña anti derechos humanos de los Pueblos Indígenas

El ex gobierno que encabezó  Sebastián Piñera, dejó impuesto como últimas gestiones en la materia, dos reglamentos de consulta que recogen dos Decretos Supremos, uno es el N° 66  (15 de Noviembre del 2013) relativo a la consulta en general; el otro es el relativo a proyectos de inversión y de impacto ambiental o Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental N° 40 (30 de Octubre del 2013)… Ambos reglamentos  se han cuestionado por amplias representaciones indígenas señalando que se impusieron sin considerar el consentimiento de Los Pueblos indígenas, con el agravamiento de que no cumplen con los estándares mínimos del derecho internacional  ni con  la finalidad de la consulta, cual es salvaguardar derechos de los pueblos indígenas. Por el contrario, se han sindicado como instrumentos que vulneran abiertamente esos derechos.

Hoy, sectores empresariales y grupos conservadores que han basado su lucro a costa de las violaciones de los derechos humanos y el extractivismo depredador para materias primas, base expansiva del neoliberalismo en Chile, han pretendido una y otra vez cercenar derechos en vez de ajustarse y buscar una sana y limpia convivencia que permita el funcionamiento de actividades económicas en complemento con una palabra que tanto les cuesta entender: Respeto.

Aunque se quiera negar o se quiera desconocer, Chile es un País en plural en lo cultural, lingüístico y de pueblos o naciones, donde habitantes criollos con identidad de Pueblo o Nación, como es el caso Chileno, coexiste con otros miembros que se identifican con sus pueblos y culturas ancestrales y que si bien hay diversos elementos transversales, hay otros que son propios de cada cual y que pueden ser vistos desde diversas perspectivas;  Y un País que lo reconozca y un estado se transforme en ese sentido, no es una amenaza, sino una tremenda oportunidad que contribuye a la equidad de derechos, de oportunidades y de justicia.

Se hace indispensable ante esta realidad, que la institucionalidad pública del estado chileno evolucione y  cumpla en garantizar e implementar las normas y el estándar internacional de derechos humanos sobre Pueblos indígenas, cuya base vinculante es el Convenio 169 de la OIT en su condición de tratado internacional e interpretativa y progresivamente con la declaración ONU sobre los derechos de los Pueblos indígenas, la que en algunos países se ha incorporado como Ley o bien se buscar hacer referencia en las constituyentes, por cuanto es la de mayor avance en reconocimientos de derechos colectivos indígenas.

Sin embargo Chile continúa anclado a normas básicas de derechos como el Convenio 169, en un País donde aún prima la falta de seriedad y el subdesarrollo en materia de derechos humanos y en las formas de  funcionamiento de actividades económicas de crecimiento, en que  poderes fácticos, arcaicos y decrépitos, siguen maquineando  derechos fundamentales, intentando transgredirlos de manera obstinada para sus propósitos ávidos e individualistas, propios de patriarcados anti democráticos.  

 

 

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