miércoles, diciembre 4, 2024

Jaime Mendoza Collío, asesinado por un cobarde GOPE ¡Presente!

A 8 años del asesinato de Jaime Mendoza Collío, asesinado cobardemente por un agente estatal represor miembro del Gope de Carabineros / “Detrás de nosotros Carabineros venía disparando, siguiéndonos, luego me tire a un canal, anduve unos 30 metros por el canal intentando salir por entre las zarzas, unos 5 minutos después, me di cuenta que Carabineros lo tenía al otro lado del canal. Jaime cayó producto de un disparo, lo patearon en el suelo. Estuve escondido como una hora y media en el agua. Lo tuvieron esposado boca abajo por más de una hora, sin recibir atención médica lo dejaron que se muriera…” Relato de testigo que acompañaba ese fatídico día a Jaime Mendoza Collio.

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El joven Mapuche, comunero y padre de familia, Jaime Facundo Mendoza Collio (1985 – 2009), fue asesinado el 12 de agosto del 2009  a manos del miembro del Grupo de Operaciones Policiales Especiales, GOPE, de Carabineros, Patricio Jara Muñoz,  durante un legítimo proceso de recuperación de tierras en la zona de Ercilla.

En un principio, se levantó comunicacionalmente desde sectores de la institucionalidad policial, habría actuado en legítima defensa; sin embargo, el examen forense a los restos del comunero mapuche evidenció que no había ocupado  arma alguna de fuego y que recibió una disparo por la espalda, bajo una cobarde persecución.

Así mismo, trascendió en la prensa que el casco policial que mostraba perdigones incrustados y que probaba la tesis de la legítima defensa habría estado vacío cuando fue impactado, lo confirmó la idea de un montaje para proteger a los implicados en la muerte del comunero. Durante el 2010 la justicia militar confirmó la tesis del montaje a través del peritaje correspondiente. El cabo tuvo una pena de tres años remitidos.

En agosto del 2013 se publicaba lo siguiente: “La Corte Suprema anuló la sentencia de la Corte Marcial que absolvió al cabo Miguel Patricio Jara Muñoz por el asesinato del weichafe Jaime Mendoza Collío y lo condenó a 3 años de presidio menor en su grado medio, con la remisión condicional de la pena, lo que en la práctica significa el cumplimiento de esta pena en plena y total libertad. Además se le aplicarán las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y pérdida del estado militar”, quedando así en libertad, bajo firmas mensuales.

La organización Meli Wixan Mapu publicaba  en dicho momento: “Este nuevo fallo de la justicia chilena, pone de manifiesto una vez más que existe una verdadera y efectiva impunidad para quien asesine a un Mapuche, pues en este, como en otros casos de weichafe asesinados en manos de las fuerzas represiva del estado, no se ha impuesto pena alguna o sólo se aplican penas simbólicas, que en ningún caso han permitido mantener tras las rejas a los asesinos; demostrando de esta manera, que la vida de un Mapuche no tiene valor, y mucho menos es digna de ser protegida por parte del estado chileno”.

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