A pesar de contraponer lo señalado en el Convenio 169 de la OIT y lo sostenido por la Conadi y otros organismos públicos, la Dirección General de Aguas, en su resolución de 15 de enero relativa al pago de patentes por no uso de derechos de agua añade en su listado a personas y comunidades mapuche y establece la posibilidad de que algunas queden eximidas del pago, acotando los beneficios a razones económicas en lugar de a la calidad indígena de los ciudadanos.
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