“Se ha acogido el recurso de amparo para la Machi Francisca Linconao, ella va a poder regresar a su hogar, esperamos desde hoy día mismo en el caso que los médicos evalúen esta situación y consideren que es pertinente que ella regrese. Ahora queremos dejar muy en claro, que nosotros no estamos de fiesta ni celebración, porque la Machi Francisca sigue bajo el estigma de la Ley Antiterrorista y todavía se avecina un juicio que para estas once familias es bastante duro. Entonces queremos pedirles que mantengan su atención, lo prioritario es que la Machi se recupere y dejamos los agradecimientos porque ustedes son quienes nos han acompañado, han hecho las movilizaciones, que han estado atentos todo el tiempo, desde hace meses (…) la Machi ya fue informada que fue acogido el Amparo”, señaló Ingrid Conejeros, vocera de la Machi Francisca Linconao en horas de esta tarde, quien indicó también que los demás prisioneros políticos en huelga de hambre solidarizando con la machi, dejan la medida.
Cabe señalar que hoy jueves 5 de enero del 2016, en horas de esta mañana, fue visto en la Corte de Apelaciones de Temuco el Recurso de Amparo presentado por la Defensoría Penal Pública a favor de la Machi Linconao quien cumple 14 días en huelga de hambre y finalente fue resuelto en horas de esta tarde por los Ministros: María Elena Llanos, Wilfred Zihelman y Ricardo Fonseca, en fallo dividido (2 votos a 1).
El propósito del Amparo fue de que se obtenga justicia para esta autoridad tradicional quien se encuentra nueve meses prisionera sin poder acceder a la medida cautelar de arresto domiciliario porque el Ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, Luis Troncoso, ha sido el voto disidente en la primera sala de este Tribunal de Alzada, debido que bajo la aplicación de la Ley Antiterrorista en el marco del caso “Luchsinger Mackay”, requiere la unanimidad de sus tres miembros ante las apelaciones llevadas y encabezadas por el Fiscal Alberto Chiffelle y la parte querellante contra esta mujer que para todas las lógicas jurídicas y de un sano estado de derecho, no es considerada un peligro para la sociedad, que además presenta diversas razones humanitarias debido a su deteriorado estado de salud, que es de avanzada edad y que para más, en las cuatro ocasiones que los jueces le han concedido el arresto domiciliario y luego revertida por la Corte, voluntariamente regresa al centro penitenciario, sin embargo, estas realidades no han sido consideradas por estos agentes del poder judicial, atentando contra la presunción de inocencia.
Es importante señalar que la Machi Linconao ya había sido involucrada en el denominado caso Luchsinger MacKay el año 2013, siendo allanada, detenida, comprobándose inmediatamente su inocencia razón por la cual, incluso, ganó un juicio contra el estado chileno, sin embargo, bajo la insistencia de poderes fácticos de la región de la Araucanía, nuevamente, esta mujer de avanzada edad es objeto de detención e investigación este 2016 y ahora 2017, constituyéndose así para ciertos operadores “un peligro para la sociedad” bajo criterios de la Ley antiterrorista, generando la “condena pública” con publicidad.
Una situación a considerar, es que en septiembre del 2009 tribunales de alzada sentenciaron a favor de la Machi Linconao por tala ilegal de árboles, arbustos nativos y plantas medicinales, en contra de una empresa forestal, la Sociedad Palermo Limitada de la familia Taladriz, por infracción del artículo 5 de la Ley de Bosques y el Convenio 169 de la OIT, ya que se talaban árboles dentro del perímetro de 400 metros más próximos a tres manantiales cuyos nacimientos estaban en los cerros del sector, violando “Menokos” -humedales donde habitan fuerzas sagradas de la Naturaleza en la creencia Mapuche, y destruían variadas plantas medicinales. Se trató de la primera aplicación del Convenio 169 en Chile, que en su artículo 13 obliga al Estado a respetar tierras, territorios y reglas espirituales de los pueblos nombrados como “indígenas”, razón por la cual en el presente, se reivindica a la Machi como una defensora de la tierra, el medio ambiente y su cultura, marcando el primer precedente con estas características, por lo que se estima la actual persecución como un acto de ensañamiento y venganza.
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