miércoles, mayo 15, 2024

Suprema revoca RCA de Terminal GNL Penco-Lirquén por interrupción de consulta indígena

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por La Coordinadora Intercomunal y Agrupación Indígena Koñintu Lafquén Mapu de Penco, Contra el proyecto Octopus, con el objetivo de dejar sin efecto la Resolución de Calificación ambiental del terminal GNL Penco-Lirquén, viaducto de gas para el funcionamiento de la Central termoeléctrica El Campesino, todo enmarcado en el gran proyecto Octopus. El recurso fue presentado debido a que  el instrumento de calificación  no contempló e interrumpió el proceso de consulta previo libre e informado, a los mapuche lafquenches.

La Excma Corte, este lunes 30 de enero, acogió A favor de los lafquenches, por considerar que el proceso de consulta iniciado el 30 de octubre de 2015 fue abrupta mente interrumpido el pasado 17 de junio del año 2016 por el Servicio de Evaluación Ambiental y el funcionario a cargo Nemesio Rivas.

El proyecto a cargo de Australis Power, situado en la Región del BioBío,Chile, que pretende  instalar una Central termoeléctrica denominda El Campesino y  un terminal GNL, para extraer por medio del método fraking almacenamiento y regasificación de gas licuado, ha tenido fuertes expresiones sociales debido a los impacto negativos socioamabientales, que atentarían en contra de la población de esta región, uno de ellos es la contaminación atmosférica de altos metales toxicos como el metano y la contaminación del agua, por mencionar algunos impactos. (ver video)

Desde un comienzo el Servicio de Evaluación Ambiental , estaba al tanto de las implicancias económicas y socioculturales que afectarían a la agrupación mapuche integrada por más de 30 personas, en su mayoría, mujeres recolectoras de algas luga, el luche, el ulte y mariscos como las machas, entre otros y el sustento de sus familias, por declarar «la alteración significativa» a los sistemas de vida de los miembros de esta agrupación indígena y los espacios sagrados situados en la playa.

En relación a la interrupción abrupta por parte del SEA y el funcionario público Nemesio Rivas el fallo dictaminó: » la interrupción abrupta del proceso de consulta causa un agravio a los afectados y a toda la institucionalidad ambiental pues la Asociación Indígena, en ese escenario, no tiene posibilidades reales de influir en la implementación, ubicación y desarrollo del proyecto, con el objeto de brindar la protección de sus derechos y garantizar el respeto en su integridad», expresó el fallo.

En el aspecto  jurídico la Corte Suprema acoge el recurso de protección y manda a las entidades a ajustarse al convenio 169 de la OIT, para un proceso de consulta previa libre e informada:  «esta Corte brindará la cautela requerida, en razón que para la aprobación del proyecto “Terminal GNL Penco-Lirquén” era necesario concluir el procedimiento de participación ciudadana previamente convocado, el que deberá ajustarse además a los términos que el Convenio N° 169 contempla, lo cual permitirá asegurar el derecho antes aludido», sentenció el fallo.

Con este dictamen de la Corte Suprema, la Resolución de Calificación ambiental queda anulada, por el incumplimiento a la normativa internacional del convenio 169 de la OIT y se debe realizar un nuevo proceso de consulta previa libre e informada.

Por Catalina Manque.

Mapuexpress.

Ver Video sobre proyecto Octopus.

A continuación Declaración Pública de la Cordinadora Intercomunal Contra el proyecto Octopus.

Declaración Pública

La Coordinadora Intercomunal Contra el proyecto Octopus, que lleva más de cuatro años de oposición a megaproyecto energético de la empresa Biobíogenera, que implica el Terminal GNL Penco-Lirquén y la Central El Campesino, declara a la comunidad del país lo siguiente:

Celebramos la sentencia decretada por la Corte Suprema de acoger el Recurso de Protección que anula la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto Terminal GNL Penco-Lirquén, y que exige realizar la consulta indígena de la Asociación Koñintu Lafquen Mapu de Penco, conforme a los estándares establecidos en el Convenio N°169 de la OIT. Esto es una gran victoria para la comunidad mapuche de la Región del Biobío afectada, que contó con la solidaridad, organización y movilización social del conjunto de la comunidad opositora a este nefasto proyecto.

De esta forma queda manifiesto la actitud negligente del Servicio de Evaluación Ambiental Regional y de la Comisión de Evaluación Región del Biobío, encabezada por el Intendente Regional, que buscó favorecer indebidamente el accionar de una empresa dañina y perjudicial para la comunidad de la Región del Biobío, como lo es, Biobíogenera con su megaproyecto energético Octopus (Terminal GNL Penco-Lirquén y Central El Campesino). Esta ilegalidad, como muchas otras, había sido denunciada por la comunidad.

El fallo del máximo tribunal de justicia demuestra el nivel de complacencia y servilismo con que los organismos regionales encargados de la evaluación ambiental han favorecido dicho proyecto, conducta que se repite en la termoeléctrica El Campesino,al rechazar la Reclamación administrativa presentada oportunamente ante el Comité de Ministros por la comunidad opositora de Bulnes, decisión que estamos seguros será revertida por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia a través del recurso presentado por el Comité Bulnes Sin Termoeléctrica.

Tenemos la convicción que en caso de que el proyecto del Terminal GNL Penco-Lirquén, sea llevado nuevamente a evaluación, será rechazado, todo esto en base a los múltiples argumentos que han sido presentados por la comunidad afectada.

Por la Defensa del Mar y la Tierra

Asociación Koñintu Lafken Mapu Penco

Coordinadora Intercomunal Contra Octopus

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