miércoles, mayo 15, 2024

Rechazo a imposición de transgresor rodeo en territorio de comunidad Mapuche

La Municipalidad otorgó  terrenos fiscales vía comodato a un Club de Rodeo para la construcción de una media luna en espacio adyacente a la comunidad Mapuche Entuco en el sector Huichahue comuna de Padre Las Casas, lo que es rechazado por organizaciones y la propia comunidad, emplazando al Concejo Municipal a revocar tal medida, quienes paralelamente presentaron recientemente un recurso de protección.

rodeo

La medida se realizó sin la consulta a la comunidad ni tampoco con la consideración a los habitantes del lugar, ya que si bien el terreno aparece a nombre del fisco (Municipalidad), este espacio es parte del territorio Mapuche  cuyo destino podría haber sido determinado por las mismas familias que allí viven de acuerdo a sus intereses y necesidades, tal cual lo establecen las normas internacionales de derechos indígenas.

Cabe consignar que otro elemento que se ha puesto en discusión, es el maltrato animal que ocurre en este tipo de prácticas y que es rechazado por una buena parte de la población.

Sobre estos hechos, a continuación conversación con Pamela Ñancupil de la organización por los derechos de los animales “Adopciones” de la comuna de Padre Las Casas; y con Daniela Morales,  abogada del equipo técnico de la Red por la Defensa de los Territorios, quien patrocinó el recurso de protección.

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INFORME ANEXO

 Resumen Caso Comodato para construcción de Media Luna en la Comunidad Indígena Entuco, comuna de Padre Las Casas:

La comunidad  Entuco, persona jurídica número 867 constituida según la Ley Nº 19.253 el año 1996; ha ocupado históricamente el sector que hoy lleva la misma denominación, ubicada en el kilómetro 3 camino huichahue-cunco de la comuna de Padre Las Casas. Parte de su territorio ancestral se encuentra amparado por el Título de Merced (TM) número 1105 de fecha 23 de Julio del año 1906, encabezado por don Bartolo Lepín, del lugar Entuco, cuya hijuela se estableció en una superficie de 195 hectáreas y fue inscrita con el número 349. El año 1981 en virtud del Decreto Ley 2.568 se divide la comunidad, quedando su superficie después de la mensura con 166,53 hectáreas divididas en 66 hijuelas.

A esta pérdida territorial de 28,47 hectáreas al año 1981, debe sumarse las 18,18 que actualmente están inscritas a nombre de personas no indígenas, y cuyos títulos de adquisición e inscripciones son posteriores a la vigencia de la Ley Nº 19.253. En terrenos amparados en el título de Merced del año 1906 y aún aquellos resultantes de la división de 1981 podemos encontrar hoy: 3 iglesias evangélicas, 1 motel y una fábrica de ladrillos artesanales que ya no está un uso.

La comunidad ha reaccionado ante diversos proyectos que se han pretendido emplazar dentro del que llaman su territorio ancestral, tal es el caso del proyecto para ampliar el límite urbano del Plan Regulador de la comuna de Padre Las Casas en el año 2007, y aquel que pretendía instalar viviendas sociales del año 2009. Hoy el conflicto tiene como opositor a la Municipalidad de Padre Las Casas y al Club de Rodeo Criollo de Padre Las Casas, en razón de un contrato de comodato entregado a este último respecto de tierras provenientes de la división del TM que fueron adquiridas por el municipio el año 2011.

La Municipalidad de Padre Las Casas compró tierra indígena en el año 2011, adquirió de doña Julia Fabiola Carpo Licanqueo el Lote 2, de la hijuela 66 proveniente de la subdivisión del predio encabezado por don Bartolo Lepin. La calidad de indígena de la tierra al momento de la compraventa no tenía mayor cuestionamiento toda vez que cumplía con los requisitos del artículo 12 nº 1 letra b) de la Ley Indígena, esto es estar actualmente ocupada en propiedad o posesión por un indígena y provenir de un Título de Merced.

La comunidad ha reclamado por muchos años los actos que veían que se realizaban en la hijuela 66, que primero se loteo (acción que no es permitida por la Ley indígena), posteriormente se pretendió instalar viviendas sociales, parte de esta hijuela está incluida dentro de su demanda territorial. Los dirigentes de la comunidad han enviado constantemente cartas al Municipio dando conocimiento de estas circunstancias y solicitando su apoyo para dar solución a su problema de pérdida territorial por acciones inescrupulosas de particulares y de algunas autoridades.

Pese a lo anterior, la Municipalidad de Padre Las Casas, aprobó en concejo municipal de fecha 18 de agosto del presente año un comodato en favor del Club de Rodeo de Padre Las Casas, por 25 años renovables automáticamente. Posteriormente en el contrato de comodato suscrito se estableció la siguiente cláusula:

“La comodataria destinará el inmueble única y exclusivamente al desarrollo de sus actividades propias y para las cuales cuente con las autorizaciones legales y administrativas correspondientes. Dicha Organización destinará el Inmueble para el funcionamiento de la Media Luna y Casino del Club de Huasos de Padre Las Casas, como asimismo para el desarrollo de las diferentes actividades de difusión de costumbres patrias, como rodeo anual, desfiles, etc. Queda estrictamente prohibido destinar el inmueble para otros fines y, en general, a cualquier actividad que atente contra el orden público, la moral y las buenas costumbres, así como cualquier actividad que produzca daño o deterioro al inmueble. De la misma forma, queda estrictamente prohibido a la comodataria facilitar el uso del inmueble en referencia a otra u otras personas naturales o jurídicas, entendiéndose por estas últimas como otras organizaciones comunitarias de cualquier tipo.”

 

Como se puede ver el comodato entrega en forma exclusiva y excluyente el lote Nº 2, al Club de Rodeo Criollo de Padre Las Casas. Así las cosas se puede observar que hay una medida administrativa susceptible de afectar a una comunidad indígena y por tanto que requiere sea consultada según el Convenio número 169 de la OIT.

La municipalidad se ha defendido señalando que es simplemente un comodato y aún no existe un proyecto que sea objeto de consulta. Sin embargo como se puede observar en la transcripción, el contrato tiene una finalidad específica que lo justifica.

La comunidad Entuco presentó una carta a la municipalidad firmada por sus dirigentes y 68 socios rechazando estos actos, y reconociendo en ello una violación a su autonomía, a su territorio y un riesgo a su identidad cultural, todos derechos colectivos asegurados en el convenio 169 de la OIT y la Declaración de naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Ante el reclamo de la comunidad, la municipalidad dispuso la conformación de una mesa de trabajo en la que participan: la autoridad municipal, el club de rodeo, agrupaciones animalistas, la unión comunal de juntas de vecinos, el comité de medio ambiente de la comuna y 2 comunidades indígenas, entre las cuales está la comunidad Entuco. Sin embargo, la mesa sólo ha girado en torno a cómo obtener el consentimiento de la comunidad, lo que es propio de una consulta indígena con el estándar que dicho proceso exige.

Dado lo anterior se presentó ante la corte de apelaciones de Temuco el día 17 de septiembre, un recurso de protección que pretende dejar sin efecto los actos administrativos que intervinieron en la decisión de entregar el comodato, fundado en la falta de consulta previa, libre e informada de este.

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