06/08/2018.- Por Camille Huriaux Quesada
El machi Celestino Córdova, autoridad espiritual del pueblo mapuche condenado a 18 años de cárcel en 2014, pudo volver a su comunidad este sábado 29 de julio. Sin embargo, las 15 horas de salida otorgadas por el gobierno no deben ocultar la sordera que lo caracterizó durante meses, ni las violaciones de los derechos humanos que sufrió el machi.
En total, llevaba más de 150 días sin comer. La primera vez, Celestino Córdova Transito detuvo su huelga de hambre líquida a los 102 días, pues era la condición del Gobierno para poder negociar su salida a su rewe con las medidas de seguridad que fueran necesarias, el altar sagrado del pueblo mapuche utilizado en ceremonias de curación. Siendo machi, tiene responsabilidades permanentes en materia espiritual y curativa con su comunidad, y le corresponde renovar el rewe cada cierto tiempo. Cabe resaltar que ese ritual ancestral es fundamental para el bienestar tanto de la comunidad como del machi. No obstante, no se llegó a ningún acuerdo, así que Celestino Córdova retomó la huelga el 31 de mayo, decidido a “dar hasta la vida”, tal como lo expresa en una grabación realizada a inicios de julio desde la cárcel de Temuco. Desde el 23 de julio, se encontraba en huelga seca, con la esperanza de obtener justicia.
Porque de eso se trata: justicia y respecto de los derechos humanos. Y fallas, hay muchas. Acuérdense: el 4 de enero 2013, el empresario Werner Luchsinger y su esposa, Vivianne Mackay, murieron en el incendio de su hacienda. Encontrado a 1750 metros de la zona, Celestino Córdova fue condenado a 18 años de cárcel por “incendio con resultado de muerte en carácter terrorista” a raíz de una investigación con falencias técnicas e indagatorias. El 5 de mayo de este año se dio el veredicto: José Tralcal, Luis Tralcal y José Peralino Huinca fueron condenados por delito terrorista.
Si bien voces se elevan para denunciar una posible violación de derechos humanos, al sostener que José Peralino fue torturado por policías y obligado a firmar un relato que él jamás dictó y que condenó a los hermanos Tralcal, la movilización mapuche se centra hoy en día en la situación del machi. En efecto, al negarle realizar la renovación de su rewe, Gendarmería de Chile no respeta derechos básicos inscritos en la Constitución Política de la República de Chile: el derecho a la salud y a la libertad de culto. Además, en su calidad de mapuche y autoridad religiosa, el machi se encuentra bajo la protección especial que le confieren entre otros la “Ley Indígena” (N° 19.253) y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Chile en 2008.
Estos instrumentos establecen obligaciones para todos los agentes estatales hacia los pueblos indígenas. En ámbito penal, el artículo 8 menciona que al aplicar la legislación nacional se debe tomar en consideración las costumbres, mientras el artículo 10 especifica que se debe tener en cuenta el factor cultural en la imposición de penas, así como preferir las penas no privativas de libertad. Ahora bien, tal como lo diagnosticó el hospital intercultural de Nueva Imperial, Celestino Córdova está expuesto a una muerte temprana por su desconexión con su altar sagrado. Por lo tanto, no concederle a una salida a su rewe, la que en su cosmovisión es necesaria para mantener su equilibrio y estado de salud, representa una violación de sus derechos como ser humano e indígena.
A esta demanda central se añaden varios hechos preocupantes sobre los cuales el gobierno no se ha pronunciado. El 9 de junio de 2018, unas 150 personas acudieron a la cárcel de Temuco para celebrar We Tripantu – el año nuevo mapuche – junto al machi Celestino Córdova. A la hora de concluir la celebración, el personal de Gendarmería de Chile hizo uso de gas lacrimógeno para desalojar los participantes: varias personas acabaron lesionadas por esa ola de violencia no justificada. Pocos días después del incidente, el 15 de julio, el presidente del Departamento de Derechos Humanos del Colegio Médico de Chile, Enrique Morales, denunció que efectivos de Gendarmería impidieron que cuatro médicos ingresaran a la cárcel de Temuco para revisar a Celestino Córdova y los hermanos Trangol Galindo. Por lo tanto, no pudieron cumplir con el protocolo de la Declaración de Malta de la Asociación Médica Mundial sobre personas en huelga de hambre.
En último lugar, la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, quien estimó el lunes 23 de julio pertinente alimentar al machi en contra de su voluntad para proteger su salud, vida e integridad física, es contraria a la Declaración mencionada anteriormente. En efecto, las personas en huelga de hambre deben ser protegidas de toda violación de su autonomía y forma de coerción. El relator especial del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas ya había calificado en 2013 la alimentación forzada a presos de Guantánamo en huelga de hambre de “trato inhumano”. Ante esta situación inaceptable, Celestino Córdova denunció la “tozudez de no querer dialogar” del gobierno chileno, quien accedió finalmente a avanzar en la resolución de su petitorio. Pero no nos confundamos: no se trata de respeto y consideración hacia la comunidad mapuche sino de una estrategia política disfrazada de pacifismo.