El Consejo de Derechos Humanos de las Organización de las Naciones Unidas (ONU) realizará en enero del 2019 el Examen Periódico Universal EPU, cuyo propósito es velar por el cumplimiento, obligaciones y compromisos pactados por 193 Países miembros de la ONU. con el objetivo de mejorar la situación de derechos humanos , para esta eventualidad Chile aportará un informe elaborado desde la sociedad organizada.
El documento contiene 17 páginas y fue presentado en julio de este año bajo la Coalición para el fortalecimiento de los Derechos Humanos en Chile. La iniciativa forma parte del trabajo y acciones en conjunto de La Asociación de Municipalidades con Alcalde Mapuche- AMCAM, el Consorcio TICCA, el Colectivo Mapuexpress, la ONG Lumbanga, el Movimiento de Acción Migrante y el Observatorio Ciudadano.
El propósito principal de este estudio es visibilizar los acuerdos y obligaciones del Estado chileno para dar cuenta de las problemáticas, necesidades y las diferentes realidades que existen en Chile en relación al cumplimiento de los derechos humanos y los pueblos indígenas.
Cabe recordar que en el año 2016 Chile conforma la Subsecretaría de los Derechos Humanos, organismo que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con ello, en el año 2017 se crea el Plan de Derechos Humanos y empresas, (PANDHE, 2017).
En materia de derechos Chile ha firmado y pactado de forma voluntaria acuerdos ante las Naciones Unidas para velar por la protección y respeto de la sociedad chilena de cara a estándares internacionales, con el objetivo de evitar y prevenir la vulneración de derechos en los diferentes integrantes de la sociedad chilena. En este sentido, el informe expresa los avances y retrocesos en los sectores más discriminados del país, entre ellos, los pueblos indígenas, los afrodescendientes chilenos, la población migrante , derechos humanos y empresas.
Pueblos originarios y criminalización
El informe expresa que de acuerdo a los derechos de los pueblos originarios el Estado chileno no ha cumplido con las obligaciones contraídas en virtud de los distintos instrumentos internacionales ratificados, expresa que se han iniciado extensos procesos de criminalización de la protesta social e indígena ante la reivindicación de los derechos junto con ello el exceso uso de fuerza policial. Por su parte, en el ámbito de la aplicación de la Ley Antiterrorista en el presente año se han procesado a 23 mapuche por la Comisión de delitos terroristas en los casos Huracán, Iglesias y Luchsinger-Mackay. En todos estos casos a los imputados no se respetó el debido proceso, existieron ausencia de pruebas con defectos, entre otros, antecedentes que están en carpeta en la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIPH)
Derecho a la Consulta y Constitución Política
El informe arguye que en el Congreso de Chile no existe un mecanismo de consulta para la elaboración y aprobación de iniciativas legales, por lo tanto, se recomienda implementar un mecanismo de consulta legislativo efectivo y acorde a los estándares internacionales, en conjunto con las instituciones representativas de los pueblos indígenas, así como realizar consultas libres, previas y bien informadas para obtener acuerdos o el consentimiento de los pueblos indígenas antes de autorizar, cualquier proyecto de inversión que pudiera afectar sus derechos colectivos.
Cabe destacar, que el estudio señala que el Estado chileno no reconoce constitucionalmente a los pueblos indígenas, es por esto que sugiere la elaboración de una nueva Constitución, a través de un proceso que garantice la participación y consulta de los pueblos indígenas, reconocimiento de la plurinacionalidad e interculturalidad del Estado chileno los derechos colectivos y el derecho internacional.
Otras de las medidas que sugiere el informe es colocar fin a la criminalización de la protesta social indígena y la capacidad de mejorar los procedimientos policiales.
Derechos pueblo Tribal Afrodescendiente
El informe realizado desde la sociedad civil organizada, estipula que en la Región de Arica y Parinacota se encuentra la mayor población de Afrodescendiente que desde el año 2000 llevan 18 años de lucha por la inclusión, visibilización y reconocimiento por parte del Estado chileno. Desde el año 2004, se encuentra en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para la población Afrodescendiente.
Con la llegada masiva de población afrodescendiente migrante de otros países de la región hacia Chile, han aumentado los prejuicios raciales y estereotipos en su contra, los que se manifiestan en actitudes racistas y discriminatorias que el Estado no ha sabido prevenir.
En relación a las recomendaciones. el informe expresa la aprobación del proyecto de ley de reconocimiento de la población afrodescendiente de forma prioritaria y el avance en la elaboración de una propuesta para su reglamentación para garantizar los compromisos internacionales que el Estado de Chile ha suscrito en materia de derechos humanos del pueblo tribal afrodescendiente y aplicar el Convenio 169 de la OIT de forma efectiva al pueblo tribal afrodescendiente en cada ocasión en la que se vean afectados sus derechos y no de forma arbitraria solo en algunas ocasiones.
Migrantes y una política de Estado de 1975
Chile posee una política migratoria que no se adecua a la sociedad en la que nos encontramos inmersos. En la actualidad existe 1.119.267 personas migrantes, que provienen de América Latina y el Caribe, 120.000 de ellos corresponde a personas provenientes de Haití y el 97 % de ellos está localizado en Santiago de Chile.
En la actualidad se encuentra en trámite legislativo un proyecto de ley que regula la migración en el país. Sin embargo, este no contiene un enfoque de derechos humanos que permita la consagración de los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades migrantes en el país, conforme a los tratados internacionales ratificados por Chile. Entre las recomendaciones más relevantes del informe se encuentran Garantizar que la nueva ley de migraciones incorpore medidas acordes al enfoque de derechos humanos y a los estándares internacionales suscritos por Chile en materia de movilidad humana. Impulsar y promover un proceso de regularización de la migración con reglas e información claras y de acceso público a la población interesada, así como una capacitación a los funcionarios que implementan dicho proceso.
Empresas y derechos humanos
El documento expresa que no existe avances en terminar con la vulneración de los derechos humanos, ante la instalación de empresas en los territorios dónde viven comunidades locales, el resultado de los impactos sociales y ambientales se visibilizan en sectores más vulnerables, lo que ha significado que no exista justicia y reparación para las comunidades afectadas y criminalizadas por parte del Estado chileno y su modelo económico abierto a la inversión extranjera concentrada en la explotación de recursos naturales, minería, forestales y salmonicultura; Inversiones que se ubican mayoritariamente en tierras que el Convenio 169 define como “de ocupación tradicional indígena”, y que han generado fuertes impactos en los derechos de pueblos indígenas. Es el caso de la forestación exótica, la cual con tres millones de hectáreas plantadas en el centro sur del país, tiene la mitad de ellas en tierras de ocupación tradicional y legal mapuche, impactando en sus ecosistemas, aguas y territorio ancestral;53 y el caso de la minería desarrollada tanto por empresas nacionales como extranjeras en el norte del país, en el territorio de ocupación tradicional de los pueblos andinos aymara, lickanantay, quechua, coya y diaguita, afectando las escasas aguas de las que depende su economía de subsistencia e imposibilitando la mantención de sus formas de vida tradicional. Todas las actividades económicas no han realizado consultas, libres, previas e informadas.
Te invitamos a leer el INFORME EPU COALICION POR EL FORTALECIMIENTO A LOS DERECHOS HUMANOS A CHILE 10.7.18 y sus descripciones específicas.
Catalina Manque
Mapuexpress