martes, marzo 19, 2024

Empresa minera es la nueva propietaria de una docena de concesiones mineras en San Juan de la Costa

¡Fill püle powüpe ta fa!
Como la Constitución de 1980 se mantiene vigente, la situación de acaparamiento de propiedades mineras en el subsuelo del territorio mapuche williche se mantiene en la misma situación: a merced del mejor postor. En esta publicación revisamos los últimos movimientos en el ámbito de concesiones mineras de explotación en la zona sur de la actual comuna de San Juan de la Costa.

El 10 de abril de 2014 detallamos el avance de las concesiones mineras en San Juan de la Costa, sector sur. En el aquel entonces 29 concesiones mineras a nombre de los particulares Juan Toledo Macías, Juan Carlos Marín Becerra y Alfredo Giannini Castillo estaban siendo tramitadas en el 2° Juzgado de Letras de Osorno. Dichos particulares sostuvieron conversaciones con algunos habitantes de la zona para convencerlos de los beneficios se obtendrían de potenciales faenas mineras y del “desarrollo” para la comuna. Sin descartar que algún peñi o alguna l’amuen se haya entusiasmado y/o ilusionado con la idea de tener dinero fácil, lo cierto es que la presencia de concesionarios mineros no fue bien recibida: el 27 de marzo de 2014, miembros de la comunidad Newenche de Puninque sur encararon a un grupo de personas que estaba realizando toma de muestras sin autorización alguna, identificándose un hombre como propietario de la concesión que estaba bajo el predio. Lo cierto es que esto, en vez de amedrentar a los peñi de la comunidad Newenche, generó que la expulsión de los intrusos fuese más decidida.

SITUACIÓN A SEPTIEMBRE DE 2022

En nuestro monitoreo periódico de la situación del territorio williche, hemos detectado un importante cambio en lo relativo a la propiedad de las concesiones mineras de explotación que en 2014 pertenecían a Macías, Marín y Giannini. Hoy 12 de las concesiones que terminaron su tramitación judicial en el 2° Juzgado de Letras de Osorno han sido traspasadas a la empresa Compañía Minera San Miguel Limitada, concesiones a las que probablemente se sumará una más de acuerdo a la información proporcionada por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin).

De acuerdo a nuestras averiguaciones, la Compañía Minera San Miguel Limitada tiene el RUT 76.207.677-2 y tiene como dirección Avenida Sucre N° 1505, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, misma dirección que otra empresa: Sociedad Minera Huaquen Limitada, RUT 76.180.321-2. Es altamente posible que tanto la empresa San Miguel como la empresa Huaquen sean fachadas de una empresa de mayor.

De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos (SII), la Compañía Minera San Miguel Limitada tiene como fecha de Iniciación de Actividades el 24 de abril de 2012, siendo una empresa de menor tamaño de acuerdo a la Ley N°20.416. Esta empresa tiene las siguientes actividades económicas vigentes:

  • EXTRACCION DE OTROS MINERALES METALIFEROS NO FERROSOS N.C.P.
  • VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS.

A continuación presentamos el listado de concesiones mineras de explotación que son propiedad de la Compañía Minera San Miguel Limitada:

Nombre concesión Rol Superficie (Ha)
1 SAN PABLO 1/20 102070062 – 5 200
2 PUNTA DELGADO 1/20 102070065 – K 200
3 SIERRA LEONA 1/30 102070064 – 1 300
4 CERRO SOMBRERO 1/20 102070053 – 6 200
5 MARITA 1/20 102070068 – 4 200
6 SAN PATRICIO 1/20 102070069 – 2 200
7 SAN BRUNO 1/20 102070066 – 8 200
8 CHARITO 1/30 102070054 – 4 300
9 SAN MARCOS 1/20 102070075 – 7 200
10 SAN MIGUEL 1/40 102070073 – 0 400
11 FABIOLA 1/40 102070074 – 9 400
12 SANTA MARIA 1/20 102070076 – 5 200
13 SANTA MONICA 1/20* 102070079 – K 200
Fuente: Catastro Sernageomin (06.09.2022)

* Actualmente esta concesión pertenece a Juan Carlos Marín Becerra, pero estaría en proceso de traspaso a la Compañía Minera San Miguel.

La imagen siguiente muestra en el mapa las concesiones mineras detallas en la tabla anterior:

Imagen de www.futawillimapu.org sobre base cartográfica del programa Google Earth.

La superficie total de concesiones de explotación a nombre de la Compañía Minera San Miguel Limitada asciende a 3.200 hectáreas afectando predios de familias mapunche, cursos de agua (ríos Quilloimo, Liucura y Contaco) y grandes zonas de bosque nativo.

Otro antecedente importante se puede constatar en la plataforma de Consulta de pagos de patentes mineras por Rol de Explotación: https://consultarol.sernageomin.cl/pages/pagosexplotacion

Al ingresar los roles de la tabla, se podrá verificar que la empresa San Miguel ha estado pagando patentes mineras a la Tesorería General de la República por lo que podemos concluir que hay un interés real en mantener propiedades mineras en San Juan de la Costa sur, presuntamente para la explotación de oro de baja ley.

KIÑE SRAKISUAM

La Constitución de 1980 (vigente) establece una serie de garantías para la privatización del subsuelo a través de concesiones mineras. Específicamente el artículo 19, N° 24, referido al derecho de propiedad, desarrolla ampliamente el marco constitucional sobre el cual se deriva toda la legislación minera. Esto lo hemos abordado con detalle en dos publicaciones del año 2012:

Como se podrá comprobar, desde hace una década venimos señalado la necesidad de un nuevo marco constitucional que permita terminar con los abusos de parte de empresas y particulares que especulan con la propiedad del subsuelo. Por lo anterior, es inevitable señalar que el plebiscito del 4 de septiembre de 2022 es una oportunidad de mejora que se perdió y que probablemente traerá consigo consecuencias preocupantes para nuestra gente y nuestros espacios de vida.

Desde la imposición de la actual Constitución hace 40 años, la privatización del subsuelo es un proceso prácticamente invisible para quienes habitan los territorios afectados. Ahora, si tenemos conocimiento oportuno respecto a que se constituye una concesión minera bajo nuestros pies, tenemos la “libertad” de iniciar un litigio judicial, pero prácticamente no tenemos herramientas jurídicas que nos sirvan. Peor aún, por lo general no tenemos los recursos económicos para pagar por el trabajo de un abogado o abogada.

Por otro lado, el derecho a la propiedad privada, que tanto se defiende por algunos sectores, se ve fuertemente limitado cuando los concesionarios mineros desean realizar muestreos o faenas: no tenemos posibilidad de oponernos a dichas labores. La legislación establece el pago de una indemnización que es determinada por resolución judicial cuando no hay acuerdo entre concesionarios y los propietarios de predios superficiales. Es aquí donde muchas personas se ilusionan con la posibilidad de tener un dinero fácil, pero, si algo nos enseña la historia, es que nada es fácil y todo tiene consecuencias.

Por ahora dejamos hasta aquí esta publicación. Hay antecedentes que requieren ser confirmados antes de ser expuestos por lo que esperamos tener una actualización de informaciones próximamente.

Resumiendo, la Empresa Minera San Miguel Limitada es la entidad que tiene en la mira los recursos de la zona sur de la comuna de San Juan de la Costa.

Afi feytachi küsow. Newentuleaymün, pu l’amuen, pu peñi eymün.

Salvador Rumian C.
Fütawillimapu

@Wesrkin

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Tami srakisuam

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