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  • Editorial: “Nueva Constitución: Una posibilidad de reconocimiento de Derechos de los Pueblos-Naciones indígenas dentro de un espacio históricamente negado”

    Editorial: “Nueva Constitución: Una posibilidad de reconocimiento de Derechos de los Pueblos-Naciones indígenas dentro de un espacio históricamente negado”

    Martes 9 de agosto de 2022.- Editorial Colectivo Informativo Mapuche Mapuexpress.

    Fuente imagen: Ernesto Pititore 

    El 4 de septiembre, en Ngulumapu, por medio de un plebiscito, se decidirá si se aprobará o rechazará la Nueva Constitución, que fuera redactada por 155 constituyentes, 17 de ellos/as representantes de los Pueblos Indígenas. 

    Los/as constituyentes, de escaños reservados indígenas, fueron del Pueblo Aymara: Isabella Mamani y Luis Jiménez; del Pueblo Atacameño: Félix Galleguillos; del Pueblo Chango Fernando Tirado; del Pueblo Colla: Isabel Godoy. Del Pueblo Diaguita: Eric Chinga; del Pueblo Kawashkar: Margarita Vargas. Del Pueblo Mapuche: Adolfo Millabur, Alexis Caiguan, Elisa Loncón, Francisca Linconao, Natividad Llanquileo, Rosa Catrileo y Victorino Antilef. Del Pueblo Rapa Nui: Tiare Aguilera, del Pueblo Quechua: Wilfredo Bacian y del Pueblo Yagán: Lidia González.

    Se trata de un proceso histórico e inédito, que se enmarca como salida institucional frente a la crisis social y política, ante las movilizaciones sociales iniciadas en octubre de 2019, y la posterior represión estatal y sistemáticas violaciones de Derechos Humanos del gobierno de Sebastián Piñera: asesinatos, torturas, violaciones, la prisión política y las más de 400 mutilaciones oculares por parte de Carabineros de Chile, crímenes que a la actualidad siguen en impunidad. 

    Esta se origina tras las históricas movilizaciones y su salida institucional: el  Acuerdo por la Paz, y el posterior plebiscito nacional en contexto de pandemia por Coronavirus, que tuvo una histórica participación de más de 7 millones de personas; que votaron a favor de la realización de una nueva constitución que sea redactada por la ciudadanía. 

    Las movilizaciones de 2019, iniciadas principalmente por estudiantes secundarios en Santiago, y que posteriormente se masificaron en la gran mayoría de los territorios, denunciaban el alza de pasajes de metro, como asimismo las desigualdades e injusticias sociales, la segregación, pobreza, corrupción, el restringido acceso a bienes básicos de calidad como salud, educación, pensiones, a fin de cuentas, evidenciaban el malestar colectivo respecto al modelo neoliberal en Chile y Wallmapu. 

    Respecto a los Pueblos indígenas y especialmente en territorio Mapuche, desde hace muchos años antes del estallido, diversas comunidades y organizaciones Mapuche denunciaban y se movilizan ante la usurpación y despojo territorial, la instalación de megaproyectos extractivos, la persecución jurídico policial de la protesta social Mapuche, la represión y violaciones a Derechos Humanos, la prisión política, los montajes, el racismo y discriminación, entre otros.

    Es así como surge el planteamiento colectivo de la realización de una Asamblea constituyente, que pusiera fin, por una parte, a la constitución instaurada durante la dictadura cívico militar, y que, por otra parte, sentara las bases para una nueva forma de relación entre la sociedad/comunidad y las instituciones, relación gravemente dañada por los vicios de la clase política detentora de la administración del Estado en alianza con los grupos económicos.

    La imposición de un modelo neoliberal y proyecto de sociedad de la dictadura cívico militar, ha sido fuente de grandes desigualdades sociales y de la privatización de los servicios más básicos para la población, desarticulador del tejido social que pone al centro la privatización y economía de mercado, el individualismo y el consumo como uno de los principales valores para la sociedad. Dicho modelo fue administrado y profundizado por los gobiernos neoliberales de la Concertación. Esto sirvió como caldo de cultivo para que los pueblos de Chile clamaran su indignación ante los abusos de la clase política en alianza con grupos que han hecho del Estado su negocio.

    Como organizaciones Mapuche, hemos vivido lo que ha sido el desmembramiento y retroceso del territorio y nuestra cultura, como consecuencia de la expansión del Estado chileno, la llegada de colonos/as y la privatización del territorio por parte de empresas y particulares y el extractivismo. La marginación del pueblo Mapuche en diversas áreas se ha dado también históricamente en el ámbito constitucional donde se establecen marcos rectores para la sociedad y las instituciones. 

    En materia indígena, algunas demandas planteadas desde la vía institucional indígena, son el reconocimiento constitucional de los Pueblos Indígenas como naciones preexistentes por medio de un estado plurinacional y plurilingüe; el reconocimiento de sistemas jurídicos propios; el derecho a la cultura, identidad, cosmovisión, educación, salud e idioma; el derecho a la libre determinación, autonomía y autogobierno; el reconocimiento y protección de tierras y territorio; el derecho, si así se desea, a la participación plena en la vida política, cultural, social, económica; el fin a la militarización y la libertad a los presos políticos en territorio Mapuche; entre muchas otras.

    A nivel latinoamericano, en el caso de los Estados nacionales, estos fueron constituidos por un poder criollo, en el contexto de un pacto social que no consideró para nada a los pueblos indígenas (Villoro, 1998). En el caso del pueblo Mapuche, se puede apreciar una situación muy similar al resto de las colectividades indígenas del continente, con respecto al “reconocimiento” de derechos, debido a que lo que ha caracterizado históricamente la relación del Estado chileno con el Pueblo Mapuche es la total indiferencia, negación, racismo, segregación, por parte del primero hacia el segundo. 

    Prueba de ello es que en ninguna de las cartas magnas redactadas hasta la que nos rige, se menciona siquiera un concepto, palabra, frase o, por último, una idea cercana al tema indígena, así, no se ha reconocido la preexistencia de las naciones-Pueblos Originarios, ni aún menos, ha incorporado nuestras legítimas demandas. Ni mucho menos, en anteriores constituciones hubo participación de representación de pueblos indígenas por medio de escaños reservados en su redacción. 

    Por tanto, vemos, en este nuevo texto constitucional, una oportunidad histórica, una posibilidad de marcar presencia dentro de este espacio que históricamente se nos ha negado, como una forma de avanzar hacia mayores niveles de reconocimiento, garantías y respeto por parte del Estado y la sociedad chilena hacia los Pueblos Naciones Indígenas.

    También somos conscientes de que la propuesta de nueva constitución, respecto al reconocimiento de nuestros derechos, no satisface del todo todas nuestras aspiraciones, y que no nos podemos quedar sentados/as, esperando cómo se implementa su aplicación, ante su eventual aprobación. 

    Por otra parte, consideramos que el estado de excepción y la militarización, implementado por el gobierno de Piñera y actualmente, por el gobierno de Boric en las provincias de Biobío, Arauco, Cautín y Malleco, no hace más sino profundizar la legítima desconfianza en la relación Estado-Pueblo Mapuche, por lo que hacemos un llamado a terminar con sus prórrogas que responden únicamente a una lógica de violencia institucionalizada. 

    Desde el colectivo de comunicación Mapuche Mapuexpress, respetando todas las posiciones Mapuche sobre el proceso constituyente y la relación Estado-Pueblos Naciones Indígenas, pero consideramos fundamental correr el cerco en términos de derechos colectivos e individuales de los Pueblos Indígenas, por tanto, en el plebiscito del 4 de septiembre, llamamos a votar apruebo.

    En materia indígena, votar rechazo, sería reafirmar la constitución implantada en la dictadura de Pinochet y darle la razón a sectores ultraconservadores que consideran un peligro avanzar hacia definiciones sobre autonomías territoriales y autogobierno, plurinacionalidad y/o justicia indígena, protección y restitución de los territorios. De la misma forma, creemos que las organizaciones indígenas y Mapuche que llaman a votar “Rechazo”, son inconsecuentes respecto a las demandas indígenas, y ante la urgente necesidad de avanzar en políticas públicas que reconozcan y garanticen nuestros derechos humanos. 

    Hacemos también un llamado a estar alertas y repudiar a los actos y discursos de algunos medios de comunicación y organizaciones de extrema derecha asociadas al rechazo, para frenar su escalada de desinformación, mentiras, ataques y violencia, ante las justas demandas por parte de organizaciones indígenas, sociales, medioambientales, de derechos humanos. 

    Finalmente, valoramos y reconocemos la labor de las/os 17 representantes de escaños reservados, gente validada a nivel de comunidades y organizaciones Mapuche por su trabajo para avanzar en derechos colectivos, quienes conscientes de las problemáticas y la realidad que vive nuestro pueblo, han buscado plantear los temas, abriendo nuevos espacios y posibilidades en instancias en las que se nos ha marginado históricamente.

    ANEXO: ¿Qué dice la constitución en materia indígena?

    En la propuesta de nueva constitución política de la República,  se reconoce a Chile como “un Estado plurinacional e intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapanui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yagan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establece la ley”. (Artículo 5).  

    En su artículo 12, señala que: “El Estado es plurilingüe. Su idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas son oficiales en sus territorios y en zonas de alta densidad poblacional de cada pueblo y nación indígena. El Estado promueve su conocimiento, revitalización, valoración y respeto”.

    En su artículo 13. 2, señala:  “El Estado reconoce los símbolos y emblemas de los pueblos y naciones indígenas”.

    Y en su artículo 14.2 que: “De igual forma, se compromete con la promoción y el respeto de la democracia, el reconocimiento y protección de los derechos humanos, la inclusión, la igualdad de género, la justicia social, el respeto a la naturaleza, la paz, la convivencia y la solución pacífica de los conflictos y con el reconocimiento, el respeto y la promoción de los derechos de los pueblos y naciones indígenas y  tribales conforme al derecho internacional de los derechos humanos”.

    En su artículo 14.3. señala que “Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales. Se compromete con el mantenimiento de la región como una zona de paz y libre de violencia; impulsa la integración regional, política, social, cultural, económica y productiva entre los Estados, y facilita el contacto y la cooperación transfronteriza entre pueblos indígenas”

    En su artículo 18.2 y 18. 3 que “ Los pueblos y naciones indígenas son titulares de derechos fundamentales colectivos. 3. La naturaleza es titular de los derechos reconocidos en esta Constitución que le sean aplicables”. 

    En su artículo 25. 4 expresa: “Los pueblos y naciones indígenas son titulares de derechos fundamentales colectivos. 3. La naturaleza es titular de los derechos reconocidos en esta Constitución que le sean aplicables.

    En tanto, el artículo 34 expresa: “Los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía; al autogobierno; a su propia cultura; a la identidad y cosmovisión; al patrimonio; a la lengua; al reconocimiento y protección de sus tierras, territorios y recursos, en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos; a la cooperación e integración; al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades, propias o tradicionales; y a participar plenamente, si así́ lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado”.

    En su artículo 36.5. señala que “La Constitución reconoce la autonomía de los pueblos y naciones indígenas para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y cultura, respetando los fines y principios de la educación, y dentro de los marcos del Sistema Nacional de Educación establecidos por la ley”.  

    El artículo 44. 2. señala: “Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales, a mantener sus prácticas de salud y a conservar los componentes naturales que las sustentan” y el 44. 6: “6. Asimismo, reconoce, protege e integra las prácticas y conocimientos de los pueblos y naciones indígenas, así como a quienes las imparten, conforme a esta Constitución y la ley.”.

    El artículo 54.3. “Reconoce, fomenta y apoya la agricultura campesina e indígena, la recolección y la pesca artesanal, en tanto actividades fundamentales para la producción de alimentos”.

    El artículo 55 señala: “El Estado garantiza el derecho de campesinas, campesinos y pueblos y naciones indígenas al libre uso e intercambio de semillas tradicionales”.

    El Artículo 58 expresa: “La Constitución reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas situadas en territorios indígenas o autonomías territoriales indígenas. Es deber del Estado garantizar su protección, integridad y abastecimiento”.

    El Artículo 65 1. señala: “Los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes tienen derecho a la identidad e integridad cultural y al reconocimiento y respeto de sus cosmovisiones, formas de vida e instituciones propias. 2. Se prohíbe la asimilación forzada y la destrucción de sus culturas”.

    El artículo 66 expresa: “Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que les afectasen. El Estado garantiza los medios para la efectiva participación de estos, a través de sus instituciones representativas, de forma previa y libre, mediante procedimientos apropiados, informados y de buena fe”.

    El Artículo 79 1. señala: “El Estado reconoce y garantiza, conforme con la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos. 2. La propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución.3. La restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general. 4. Conforme con la Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva.”

    El artículo 96,3 señala: “ El Estado reconoce el derecho de los pueblos y naciones indígenas a preservar, revitalizar, desarrollar y transmitir los conocimientos tradicionales y saberes ancestrales y debe, en conjunto con ellos, adoptar medidas eficaces para garantizar su ejercicio”.

    El Artículo 102 1. expresa: “El Estado, en conjunto con los pueblos y naciones indígenas, adoptará medidas positivas para la recuperación, la revitalización y el fortalecimiento del patrimonio cultural indígena.2. Asimismo, reconoce el patrimonio lingüístico constituido por las diferentes lenguas indígenas del territorio nacional, las que son objeto de revitalización y protección, especialmente aquellas que tienen el carácter de vulnerables. 3. Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a obtener la repatriación de sus objetos de cultura y restos humanos. El Estado adoptará mecanismos eficaces para su restitución y repatriación. A su vez, garantiza el acceso a su patrimonio, incluyendo objetos de su cultura, restos humanos y sitios culturalmente significativos para su desarrollo.”

    El artículo 114.3. expresa: “Toda persona podrá exigir que en cualquier documento oficial de identificación sea consignada, además de la nacionalidad chilena, su pertenencia a alguno de los pueblos y naciones indígenas del país”.

    El artículo 119.9. En el caso de los derechos de los pueblos indígenas y tribales, esta acción podrá ser deducida por las instituciones representativas de los pueblos indígenas, sus integrantes o la Defensoría del Pueblo.

    El Artículo 162 1. señala que ”En los órganos colegiados de representación popular a nivel nacional, regional y comunal se establecen escaños reservados para los pueblos y naciones indígenas cuando corresponda y en proporción a su población dentro del territorio electoral respectivo. Sus requisitos, forma de postulación, número y mecanismos de actualización serán determinados por la ley”. Y, su punto 2 expresa: “Podrán votar por estos escaños solo quienes pertenezcan a dichos pueblos y naciones y que formen parte de un registro especial denominado Registro Electoral Indígena. Dicho registro será elaborado y administrado por el Servicio Electoral sobre la base de los archivos que conservan los órganos estatales, de los que posean los pueblos y naciones indígenas sobre sus miembros y de las solicitudes de ciudadanos y ciudadanas que se autoidentifiquen como tales, en los términos que indique la ley”.

    En su Artículo 187. 1. señala: “El Estado se organiza territorialmente en entidades territoriales autónomas y territorios especiales. 2. Son entidades territoriales autónomas las comunas autónomas, regiones autónomas y autonomías territoriales indígenas. Están dotadas de autonomía política, administrativa y financiera para la realización de sus fines e intereses. Tienen personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y las potestades y competencias necesarias para gobernarse en atención al interés general de la república, de acuerdo con la Constitución y la ley, teniendo como límites los derechos humanos y de la naturaleza”.

    Artículo 190, señala: “Las entidades territoriales y sus órganos deben actuar coordinadamente en cumplimiento de los principios de plurinacionalidad e interculturalidad; respetar y proteger las diversas formas de concebir y organizar el mundo, de relacionarse con la naturaleza; y garantizar los derechos de autodeterminación y de autonomía de los pueblos y naciones indígenas”.

    Artículo 191.2. “Los pueblos y naciones indígenas deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”.

    Sobre Autonomía territorial indígena, señala el artículo 234 1: “La autonomía territorial indígena es la entidad territorial dotada de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía en coordinación con las demás entidades territoriales. Es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las autonomías territoriales indígenas para el cumplimiento de sus fines”. 2. “La ley, mediante un proceso de participación y consulta previa, creará un procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución de las autonomías territoriales indígenas. Dicho procedimiento deberá iniciarse a requerimiento de los pueblos y naciones indígenas interesados, a través de sus autoridades representativas. Artículo 235 La ley deberá establecer las competencias exclusivas de las autonomías territoriales indígenas y las compartidas con las demás entidades territoriales. Las autonomías territoriales indígenas deberán tener las competencias y el financiamiento necesarios para el adecuado ejercicio del derecho de libre determinación de los pueblos y naciones indígenas”.

    El artículo 235 señala: “La ley deberá establecer las competencias exclusivas de las autonomías territoriales indígenas y las compartidas con las demás entidades territoriales. Las autonomías territoriales indígenas deberán tener las competencias y el financiamiento necesarios para el adecuado ejercicio del derecho de libre determinación de los pueblos y naciones indígenas”.

    El artículo 252.3, expresa:  “Los escaños reservados en el Congreso de Diputadas y Diputados para los pueblos y naciones indígenas serán elegidos en un distrito único nacional. Su número se define en forma proporcional a la población indígena en relación con la población total del país. Se deben adicionar al número total de integrantes del Congreso. La ley regulará los requisitos, los procedimientos y la distribución de los escaños reservados”.

    El artículo 269 1 señala: “Las leyes pueden iniciarse por mensaje de la Presidenta o del Presidente de la República o por moción de no menos del diez por ciento ni más del quince por ciento de diputadas y diputados o representantes regionales. Adicionalmente, podrán tener su origen en iniciativa popular o iniciativa indígena de ley”.

    El artículo  307.2. expresa sobre la jurisdicción: “Se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y las autoridades de los pueblos y naciones indígenas reconocidos por la Constitución o las leyes dictadas conforme a ella”. 

    El artículo 309 1. señala: “El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. 2. La ley determinará los mecanismos de coordinación, de cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”.

    Artículo 322.2 señala: “Cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, los protocolos y los sistemas normativos de los pueblos indígenas, conforme a los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte”.

    Artículo 329 señala:: “La Corte Suprema conocerá y resolverá las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, lo hará en sala especializada y asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley”.

    Artículo 344 señala: “El Consejo de la Justicia se compone de diecisiete integrantes, conforme a la siguiente integración,  c) Dos integrantes elegidos por los pueblos y naciones indígenas en la forma que determinen la Constitución y la ley. Deberán ser personas de comprobada idoneidad para el ejercicio del cargo y que se hayan destacado en la función pública o social.

    Artículo 381 señala: “ La Corte Constitucional tendrá las siguientes atribuciones: .c) Conocer y resolver sobre la inconstitucionalidad de uno o más preceptos de estatutos regionales, de autonomías territoriales indígenas y de cualquier otra entidad territorial”.

    Artículo 383 1. señala: “Los proyectos de reforma de la Constitución podrán ser iniciados por mensaje presidencial, moción de diputadas y diputados o representantes regionales, por iniciativa popular o iniciativa indígena”.

    Artículo 387 1 señala: “La Asamblea Constituyente tendrá como única función la redacción de una propuesta de nueva Constitución. Estará integrada paritariamente y con equidad territorial, con participación en igualdad de condiciones entre independientes e integrantes de partidos políticos y con escaños reservados para pueblos y naciones indígenas”.2. “Una ley regulará su integración; el sistema de elección; su duración, que no será inferior a dieciocho meses; su organización mínima; los mecanismos de participación popular y consulta indígena del proceso, y demás aspectos generales que permitan su instalación y funcionamiento regular”.

    -En disposiciones transitorias, en materia indígena, la propuesta de Constitución expresa que: 

    “Tercera: 2. Si un año antes de la fecha de elecciones para órganos colegiados previstas en esta Constitución no se ha adecuado la legislación electoral para la determinación territorial, así como para la integración paritaria de género y de escaños reservados para pueblos y naciones indígenas; las elecciones se regirán, por única vez, por las siguientes reglas: a) El Congreso de Diputadas y Diputados estará compuesto por 155 representantes, más los representantes de escaños reservados para pueblos y naciones indígenas. Para la definición de los distritos electorales se seguirá lo dispuesto en los artículos 187 y 188 de la ley Nº18.700, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

    Tercera:a) El Congreso de Diputadas y Diputados estará compuesto por 155 representantes, más los representantes de escaños reservados para pueblos y naciones indígenas. Para la definición de los distritos electorales se seguirá lo dispuesto en los artículos 187 y 188 de la ley Nº18.700, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

    Tercera e) Para el cumplimiento de la integración de escaños reservados de pueblos y naciones indígenas en estos órganos, se aplicarán, en lo pertinente y necesario, las reglas establecidas en las disposiciones transitorias cuadragésima tercera y siguientes de la Constitución anterior. El Servicio Electoral determinará la procedencia y, en su caso, el número de escaños reservados que correspondan para cada órgano. En caso de proceder la integración de escaños reservados, estos se considerarán por sobre el número de representantes establecidos previamente con criterios de proporcionalidad, paridad y representatividad.

    1. El Presidente de la República, dentro del plazo de un año desde la entrada en vigencia de la presente Constitución, iniciará el trámite legislativo para regular la creación y actualización del Registro Electoral Indígena a que se refiere el artículo 162 de esta Constitución. El Servicio Electoral asegurará la difusión y los medios logísticos necesarios para facilitar el registro de los electores indígenas. 

    Octava 1. El procedimiento legislativo regulado en esta Constitución entrará en régimen el 11 de marzo de 2026. Hasta entonces, la tramitación legislativa se regirá por el procedimiento legislativo vigente con anterioridad a la publicación de esta Constitución, salvo lo dispuesto en los artículos 270 inciso 1 y 271, y la iniciativa popular e indígena contemplada en el artículo 269 inciso 1, que entrarán en vigencia junto con la presente Constitución. Para efectos del cómputo del quorum, se entenderá que la referencia al Congreso de Diputadas y Diputados y a la Cámara de las Regiones es a la Cámara de Diputadas y Diputados y al Senado, respectivamente.

    Decimoséptima Dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia de la presente Constitución, el Presidente de la República, previo proceso de participación y consulta indígena, deberá enviar al Poder Legislativo el proyecto de ley que regule los procedimientos de creación, formas de delimitación territorial, estatutos de funcionamiento, competencias, resolución de contiendas entre entidades territoriales y demás materias relativas a las autonomías territoriales indígenas. Ingresado el proyecto, el Poder Legislativo tendrá un plazo máximo de tres años para su tramitación y despacho.

    Decimoctava: En el plazo de un año desde la entrada en vigencia de la Constitución, el Estado deberá iniciar un proceso de consulta y participación indígena con el pueblo Rapanui para determinar el procedimiento, la integración y el plazo de creación de la Asamblea Territorial Rapa Nui, que se constituirá con el objeto de elaborar el estatuto que regulará el ejercicio de la autonomía del territorio. El estatuto deberá, además, regular los mecanismos de coordinación con el Estado y el resto de las entidades territoriales y la forma de implementación de las leyes especiales que rigen en Rapa Nui. El estatuto y su proceso de elaboración tienen como límite lo señalado en esta Constitución.

    Vigesimoctava 1. Dentro del plazo de un año desde la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República convocará a una Comisión Territorial Indígena, la cual determinará catastros, elaborará planes, políticas, programas y presentará propuestas de acuerdos entre el Estado y los pueblos y naciones indígenas para la regularización, titulación, demarcación, reparación y restitución de tierras indígenas. Sus avances serán remitidos periódicamente a los órganos competentes para su progresiva implementación, obligándose estos a dar cuenta semestralmente de sus avances en la materia. 2. La Comisión estará integrada por representantes de todos los pueblos y naciones indígenas, determinados por sus organizaciones representativas, a través de un proceso de participación indígena convocado de conformidad con el artículo 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Dicha comisión estará integrada, además, por representantes del Estado y por personas de reconocida idoneidad, quienes serán nombradas por el Presidente de la República. El Estado deberá garantizar su debido financiamiento, infraestructura, acceso a la información necesaria, asistencia técnica, administrativa y, además, podrá convocar a organismos internacionales para desempeñarse como observadores garantes del proceso. La Comisión funcionará durante cuatro años, prorrogables por otros dos.

    Trigésima quinta 2. Los derechos de aprovechamiento otorgados, regularizados, reconocidos o constituidos por acto de autoridad competente antes del 6 de abril de 2022 se sujetarán a lo dispuesto en las disposiciones transitorias de la ley N°21.435, que reforma el Código de Aguas. No se aplicará lo establecido en los incisos primero y cuarto del artículo segundo transitorio de dicho cuerpo legal a los derechos de aprovechamiento constituidos por acto de autoridad, reconocidos, adquiridos u otorgados a las personas, asociaciones y comunidades indígenas, de conformidad con los artículos 2, 9 y 36 de la ley N°19.253, los que serán inscritos como autorización de uso tradicional de manera automática en el registro respectivo.  (continúa)

    Trigésima sexta 2. Este proceso comprende la elaboración de informes de diagnóstico y evaluación a nivel regional, que se desarrollará por etapas y priorizando aquellas cuencas en crisis hídrica y con sobreotorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas. Dentro del plazo de seis meses, se iniciará el primer proceso regional. Esta redistribución no se aplicará a pequeños agricultores; comunidades, asociaciones y personas indígenas, gestores comunitarios de agua potable rural y otros pequeños autorizados.

    Trigésima séptima: “En el plazo de un año desde la entrada en vigencia de la Constitución, el Presidente de la República convocará a la constitución de una comisión de transición ecológica. Dependerá del Ministerio del Medio Ambiente y estará encargada de diseñar propuestas de legislación, adecuación normativa y políticas públicas orientadas a la implementación de las normas constitucionales del acápite de naturaleza y medioambiente. Esta comisión será integrada por académicos, organizaciones de la sociedad civil, representantes de los pueblos indígenas y por los organismos públicos pertinentes”.

    Quincuagésima séptima: “Dentro del plazo de tres años contado desde la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República deberá ingresar un proyecto de ley integral de patrimonios que aborde la institucionalidad y regulación del patrimonio cultural, natural e indígena, dando cumplimiento a los artículos 24 inciso 5, 93, 101, 102 y 202 letra h) e i)”.

    Lea la propuesta completa de constitución  a continuación:

    https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/07/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf

     

  • Editorial Mapuexpress: Apoyamos el Proceso Constituyente del Pueblo de Chile e invitamos a trabajar por la propia Constitución Mapuche

    Editorial Mapuexpress: Apoyamos el Proceso Constituyente del Pueblo de Chile e invitamos a trabajar por la propia Constitución Mapuche

    • Apoyamos la lucha del pueblo chileno que el 18 de octubre inició un proceso para cambiar la constitución civico-militar de Pinochet y el injusto y corrupto modelo económico defendido por todos los gobiernos estos últimos 30 años.
    • A pesar de las trampas y bloqueos impuestas por la clase política la noche del 15 de noviembre y la Ley 21.200, invitamos a votar Apruebo en este plebiscito, marcar Convención Constitucional y a avanzar a una verdadera Asamblea Constituyente donde se reflejen las demandas políticas sociales y también la defensa de la naturaleza.
    • Valoramos las críticas de nuestras hermanas y hermanos Mapuche y chilenos/as a este proceso constitucional y apoyamos la continuidad de la lucha por la autodeterminación de los Pueblos.
    • Invitamos a nuestras lagmien, peñi y wenuy a trabajar por una Constitución Nacional del Pueblo Mapuche, donde el Itrofil Mogen, los ecosistemas espirituales, la Ñuke Mapu, de la que formamos parte, sea la base toda la discusión.

    Editorial Colectivo Mapuexpress
    05 de octubre de 2020


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  • Editorial Mapuexpress: Resistencia Mapuche en tiempos de Pandemia

    Editorial Mapuexpress: Resistencia Mapuche en tiempos de Pandemia

    Imagen: Barrera sector Loncotripay – Los Maquis – Aillinco(*). 

     

    17/07/2020.- Por Colectivo Informativo Mapuche Mapuexpress.- 

    Dicen que en tiempos difíciles es cuando sale a la luz lo mejor y lo peor de las sociedades, en este caso, el individualismo, acaparamiento y egoísmo en contraposición a la solidaridad, apoyo mutuo y dignidad.

    La pandemia del Coronavirus ha mostrado el dolor y estragos causados por una enfermedad que se ha masificado de un modo desmesurado, causando miles de muertes en muy poco tiempo. En estos momentos abundan los discursos de autoridades políticas que nos hablan de “ser responsables” y  “dar muestras de humanidad con nuestros semejantes”. Pero, ¿qué tanto de ese discurso se pone en práctica cuando se trata de que el sistema atienda a las exigencias de quienes históricamente hemos sido subyugados cultural, social, económica y políticamente? 

    En estos días, es común ver desfilar a empresarios y autoridades gubernamentales mostrarse como “ejemplos de responsabilidad y compromiso”, pero, ¿realmente es así? ¿qué pasa cuando se trata de respetar mínimos derechos de los Pueblos Indígenas y particularmente del Pueblo Mapuche en el marco de esta pandemia? ¿qué pasa cuando los derechos y reivindicaciones de los pueblos se contraponen a los intereses económicos de quienes controlan Chile y Wallmapu? Considerando lo anterior, ¿es posible que los grupos de poder puedan mantener, en la práctica, dicho discurso de solidaridad? ¿Y qué tienen que  decir los grupos de poder en relación a la Huelga de hambre que se lleva a cabo en las cárceles de Angol y Temuco?

    Es inaceptable -en medio de la pandemia que afecta nuestros territorios-  la indolencia con la cual el Estado ha enfrentado la huelga de hambre Mapuche de carácter indefinida que llevan a cabo hace más de 70 días los presos políticos Mapuche (PPM), entre ellos el Machi Celestino Córdova. La huelga, busca un cambio de medidas cautelares y que se permita el cumplimiento de la condena en sus comunidades, con penas distintas a la privación de libertad, derecho reconocido en el Artículo 10 del Convenio 169, permitiendo que el Machi vuelva a su Rewe, solicitud que al momento ha sido desatendida. 

    Esta indolencia, se extiende en cuanto al nefasto tratamiento del coronavirus y el Pueblo Mapuche por parte del gobierno de Piñera. A mediados de mayo, en plena pandemia, el nuevo Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, José Francisco Calí Tzay advirtió que los estados de emergencia exacerban la marginación de las comunidades indígenas y que, en las situaciones más extremas, dan pie a la militarización de sus territorios y a otros atropellos de sus derechos. Según lo observado por el experto, en el marco del avance del coronavirus se restringe y se niega a los Pueblos Indígenas en su libertad de expresión y asociación, mientras que las empresas continúan la invasión, intervención y destrucción sobre sus territorios y recursos.

    Lo que ha venido sucediendo durante los últimos meses en Wallmapu, muestra una lamentable correlación con lo planteado por el Relator Francisco Calí, así, se advierte la clara violación de derechos del Pueblo Mapuche por parte del Estado: situaciones de violencia y represión policial, la vulneración del derecho a la información y la vulneración de derechos culturales y territoriales. Ejemplo de ello, es el ingreso masivo de proyectos extractivos al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Todo esto, en momentos en que la principal preocupación de las comunidades y organizaciones Mapuche está puesta en contener el avance del Covid-19, a través de significativas propuestas y acciones de autonomía y resistencia desde el mundo Mapuche. 

    El ingreso masivo de proyectos extractivos al Sistema de Evaluación Ambiental es preocupante, toda vez que se encuentran suspendidos los procesos de participación ciudadana de algunas de estas iniciativas y las Asociaciones de Funcionarios Públicos de los Servicios Ambientales del Estado, han solicitado expresamente la suspensión de los plazos de las evaluaciones ambientales, pues las condiciones actuales, afectan tanto la evaluación de los megaproyectos como la socialización de los mismos con las comunidades.

    En términos del derecho a la información, ha sido complejo acceder a datos desagregados sobre los efectos de la pandemia (contagios, recuperados/as y fallecidos/as) en comunidades Mapuche. Las instituciones gubernamentales, Servicios de Salud en este caso no los están proporcionando. Esta situación es sumamente grave, pues la falta de información no permite conocer ni dimensionar los reales efectos que la pandemia está generando sobre la población Mapuche y menos aún, que las comunidades y organizaciones puedan realizar una planificación que les permita enfrentar los futuros impactos que seguramente seguirá generando esta pandemia.

    Sumado a lo anterior, la violencia y la represión estatal no ha cesado, como bien lo reflejan  los hechos de represión contra hortaliceras Mapuche que durante el mes de mayo intentaron vender sus productos en momentos de extrema necesidad. Las lagmienes llevaban más de un mes sin poder vender sus productos, y necesitaban generar ingresos con urgencia, pero fueron reprimidas y detenidas, por vender lechugas, queso, tortillas, considerados grandes crímenes por Carabineros y la Municipalidad de Temuco. 

    Así también lo demuestran los hechos de represión contra comuneros mapuche-pehuenche del Lof Azkintuwe del territorio de Lonquimay durante el mes de junio, en proceso de recuperación territorial del fundo «La Fusta» de propiedad de Gabriela Luksic Fontbona a quienes la policía les disparó hiriendo a varios de ellos, situación que fue denunciada por la comunidad, o el desalojo al Lof José Segundo Llamunao, entre otros. También está el asesinato de Alejandro Treuquil del Lof We Newen de Collipulli en el mes de junio, de quien se desconoce a los/as responsables del crimen, pero se puede inferir que es resultado de la instalación de un clima de violencia por parte del Estado chileno en los territorios.

    En este tiempo, además en las ciudades chilenas y en los territorios Mapuche, el gobierno y la clase política y empresarial ocultan o postergan todas las demandas de la población y los efectos de la represión ocurrida desde el “Estallido Social” de octubre de 2019, así, han quedado en la impunidad asesinatos, torturas, cientos de mutilaciones, y en las cárceles, muchos/as detenidos/as viven la prisión política. Por otra parte, utilizando subterfugios legales enmarcados en el Estado de Excepción y/o de emergencia en Pandemia, el aparato Estatal continúa con la militarización de los territorios y prohibición de reuniones. La postergación del plebiscito para una Nueva Constitución, a realizarse el 25 de octubre, evidencia el abandono de la discusión política.  

    Así, hoy, son dos crisis pandémicas que nos afectan como territorios mundiales fragmentados y que perjudican especialmente al mundo Mapuche: el Virus COVID-19 y el Virus del Capitalismo, cuyos principales síntomas son el racismo, el patriarcado, el colonialismo y la destrucción de la naturaleza. Ambos, en términos cuantitativos no sólo significan la muerte de miles de personas – estadísticas que al día de hoy siguen en ascenso- si no que demostraron, en términos cualitativos, la profunda correlación entre el nefasto modelo político-económico neoliberal y las asimetrías estructurales existentes en las sociedades internacionales. Ejemplo de aquello son los países potencia muy ricos con acceso a sistemas de salud de calidad en contraposición a la profunda pobreza de nuestras sociedades sudamericanas, que hoy tienen que enfrentarse a un precario, limitado y costoso sistema de salud monocultural e impertinente con la cosmovisión de los Pueblos Indígenas.  

    En nuestros territorios, vemos la perpetuación del genocidio estructural contra los Pueblos Indígenas, en las racistas políticas económicas, sanitarias y educativas para hacer frente a la Pandemia. Por otra parte, la profundización de la extrema pobreza, extractivismo, desempleo, deficiente acceso a vivienda y escasez del agua, hoy se agudizan. Así, no es casualidad que los gobiernos donde prevalece la impronta colonialista y donde prima la extrema derecha, tengan los mayores índices de contagio o mortalidad, como lo son  Estados Unidos, Brasil y Chile.

     En este contexto nos vemos en la obligación de ir a trabajar  ya que el mensaje “quédate en tu casa” es solo para pequeños grupos privilegiados. Así, estamos forzosamente expuestos/as al contagio, o al riesgo de la cesantía. A esta situación se le suma la cruel y burlesca entrega de miserables bonos y/o  cajas  de “ayuda” con alimentos que no logran responder a la demanda alimentaria de las familias. Por otra parte, el gobierno insiste con el endeudamiento de las familias con sus ofrecimiento de créditos y subsidios de dudosa reputación. Demás está señalar que ninguna de estas medidas, ha estado  pensada con pertinencia cultural y respeto a la cosmovisión indígena.

    Asimismo, nos enfrentamos a un sistema de salud monocultural que no atiende al conocimiento ni cosmovisión Mapuche, a la inexistencia de una desagregación estadística en relación al Covid y Pueblos Indígenas, a residencias sanitarias de atención a contagiados/as por Covid que no son pertinentes con nuestra cosmovisión, a la realización de consultas indígenas ambientales, de proyectos y reglamentos vía telefónica o internet que resultan completamente ilegales, entre muchos otros.

    A pesar de todo, las comunidades Mapuche resisten y ejercen la autonomía y control territorial, así lo demuestran las barreras sanitarias comunitarias realizadas en diversos territorios; las cuarentenas comunitarias; los trawün y  mesas sociales autoconvocadas para informar y prevenir sobre las consecuencias del Coronavirus; las donaciones de toneladas de comida para enfrentar la hambruna; la realización de las ollas comunes en la warria; las coordinación entre comunidades para la venta de productos y aminorar con ello los posibles contagios; la realización de test de coronavirus;la recuperación de territorios ancestrales;  entre tantos otros ejemplos. 

    Son momentos complejos de angustia  e incertidumbre, en el que escuchamos con especial atención los mensaje de los/as lawentuchefe, de los/as machi y nos volcamos a escuchar los mensajes de la naturaleza, que mucho tienen que decirnos con el Lan Antu (eclipse de sol), Lan küyen (eclipse de luna) y el florecimiento de las kilas. Hoy, a pesar de todo el dolor, la Ñuke Mapu ha podido descansar de la contaminación extrema que como humanidad ocasionamos diariamente. 

    Son momentos de reivindicar nuestro derecho a la salud, medicina indígena y soberanía alimentaria, en los que nos detenemos a cuidarnos colectivamente y volvemos al lawen y al ngijayñmawün, a la medicina y la espiritualidad propias para fortalecer nuestra salud. En los que no olvidamos y exhortamos la no impunidad contra los crímenes del Gobierno de Piñera y en los que, exigimos libertad a los presos políticos Mapuche en Huelga de hambre, que el Machi Celestino pueda volver a su Rewe, como así mismo, justicia para el lagmien Alejandro Treuquil.

    Son momentos en que, a pesar del aislamiento y la distancia social, exigimos nuestros derechos colectivos, nuestro derecho al itxofilmogen libre, nuestro derecho  a la vida,  pero sobre todo, a una vida digna de ser vivida.

     

    Referencias

     (1) El coronavirus devasta las comunidades indígenas y propicia la violación de sus derechos. Enlace: https://news.un.org/es/story/2020/05/1474532

    (2) Revisar Informe sobre ingreso abusivo de proyectos al SEIA en tiempos de Pandemia (Actualizado al 31 de Mayo) elaborado por el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales – OLCA. Enlace:  http://olca.cl/articulo/nota.php?id=107987

    (3) Trabajadores solicitaron suspender los plazos en procesos de evaluación ambiental. Enlace: https://www.camara.cl/cms/noticias/2020/04/08/trabajadores-solicitaron-suspender-los-plazos-en-procesos-de-evaluacion-ambiental/?fbclid=IwAR3-r8EBq5IX0bsASjKkMPVrhZ49RXocnfJO8qqW7hPRPR1lOiVezUB8aaY

    (4)  COVID-19: Entregan Informe sobre situación de Chile a Relator ONU en materia Indígena. Enlace: https://www.mapuexpress.org/2020/06/12/covid-19-entregan-informe-sobre-situacion-de-chile-a-relator-onu-en-materia-indigena/

    (5)  De acuerdo con el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas, los Estados deben: “Asegurar la disponibilidad de datos desglosados sobre los pueblos indígenas, en particular sobre las tasas de infección, la mortalidad, las repercusiones económicas, la carga de la atención y la incidencia de la violencia, incluida la violencia basada en el género”, entre otras consideraciones igualmente importantes en coherencia con los derechos de pueblos indígenas reconocidos por la comunidad internacional. Enlace: https://www.un.org/development/desa/indigenouspeoples/wp-content/uploads/sites/19/2020/04/COVID_IP_considerations_Spanish.pdf . El pueblo Mapuche es el más numeroso en Chile (casi el 10% según el último censo) y existen los instrumentos internacionales (Convenio 169 de la OIT, Declaración sobre Derechos de Pueblos Indígenas y Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales) que exigen a los Estados respetar una serie derechos reconocidos por la comunidad internacional, lo que en la práctica no se está concretando.

    (6)Para más información El imperio inmobiliario en Chile que Gabriela Luksic controla a través de su sociedad domiciliada en un paraíso fiscal. Enlace: https://interferencia.cl/articulos/el-imperio-inmobiliario-en-chile-que-gabriela-luksic-controla-traves-de-su-sociedad

    (7) Para más información, leer “Organizaciones de Pueblos Originarios dan a conocer 12 propuestas como exigencia frente al Estado por pandemia”. Enlace: https://lazarzamoracolectivalesbofem.wordpress.com/2020/07/06/organizaciones-de-pueblos-originarios-dan-a-conocer-12-propuestas-como-exigencia-frente-al-estado-por-pandemia/

    (*) Fuente imagen: Redes sociales, Municipalidad de Tirúa.

  • Illkun en Chile y Wallmapu, Amulepe taiñ Weichan. Editorial de Mapuexpress

    Illkun en Chile y Wallmapu, Amulepe taiñ Weichan. Editorial de Mapuexpress

    El enojo en Chile y Wallmapu: La Lucha Continúa. Con Illkun y Weichan, vemos como uno de los problemas que hoy aqueja al Estado Chileno y su abusiva clase política-empresarial es “la persistencia, convencimiento y capacidad de movilización de las comunidades y organizaciones Mapuche, y la solidez de sus planteamientos”. Ha llegado el momento para avanzar en el ejercicio Mapuche de la autonomía y la libredeterminación en los territorios, soberanía y jurisdicción.


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  • La ruta digna tras el asesinato del lamngen Camilo Catrillanca. Editorial de Mapuexpress

    La ruta digna tras el asesinato del lamngen Camilo Catrillanca. Editorial de Mapuexpress

    Nuestro lamngen Camilo Catrillanca luchaba contra esas expresiones extractivistas y colonialistas. Y su asesinato es parte de la histórica forma de actuar de la corrupta clase política chilena, la institucionalidad administrativa, el gobierno, y la prensa oficial.


    Editorial Colectivo Mapuexpress
    Diciembre 13 de 2018


    La dignidad con la que la comunidad y familia de nuestro lamngen Camilo Catrillanca, asesinado por funcionarios estatales chilenos, han enfrentado este lamentable hecho, ha significado un fuerte remezón para mirar con mayor precisión histórica y política lo que está ocurriendo en el Wallmapu, y ha generado una simple, pero poderosa ruta para el Pueblo Mapuche.

    Desmilitarización de nuestros territorios, establecer un estándar de verdad respecto al genocidio realizado por el Estado chileno, continuar la recuperación y control territorial, guiarse por el derecho a la Libre Determinación que “es superior a un eventual reconocimiento constitucional, al Consejo de Pueblos Indígenas y al Ministerio de Asuntos Indígenas”, es lo que ha dicho el Futa Trawun del 1 de diciembre en Temu kuikui. Como Colectivo Mapuexpress asumimos y compartimos estos planteamientos, en cuanto piso mínimo para una línea de trabajo a mediano y largo plazo.

    Como decía por ahí un ñizol longko “hoy en día, no es fácil ser mapuche”. Los territorios de nuestra nación se encuentran sometidos bajo un régimen de colonialismo interno, situación que se manifiesta por medio de la ocupación militar encabezada por los Estados chileno y argentino, los que una vez “independizados” de Europa, actualizaron las lógicas de dominación empleadas por los conquistadores, profundizando aún más el despojo de Wallmapu y la fragmentación de la sociedad mapuche.

    A esto se suman las sistemáticas políticas educacionales y culturales de estos Estados, tendientes a hacer desaparecer nuestro idioma, y con eso, nuestra forma de entender el mundo, la vida, el tiempo, e intentando distanciarnos de la comprensión de nuestra propia cultura, historia y sociedad.

    El Futa Trawun de Temukuikui llamó también, a “terminar las acciones de domesticación, paternalismo y colonialismo”, lo cual se expresa en la anuencia con partidos políticos y religiones wingka y la aceptación de nefastos proyectos industriales, extractivos y energéticos.

    Desde nuestra labor comunicacional, las dos décadas de experiencia y trabajo ininterrumpido de Mapuexpress, nos han mostrado que en el territorio mapuche las industria forestal, energética, pesquera y salmonera, y los vertederos instalados sobre nuestras comunidades, pero también y particularmente en Puelmapu, las petroleras y el método del fracking, entre otros proyectos, son los que deterioran o impiden el desarrollo de nuestra Itxo Fill Mongen.

    Nuestro lamngen Camilo Catrillanca luchaba contra esas expresiones extractivistas y colonialistas. Y su asesinato es parte de la histórica forma de actuar de la corrupta clase política chilena, la institucionalidad administrativa, el gobierno, y la prensa oficial que ha venido instalando en el imaginario colectivo la imagen de que el conflicto que se desarrolla en Wallmapu es solo responsabilidad de las organizaciones mapuche. Por medio de un tratamiento informativo desigual, estos Medios de Comunicación no conciben como violencia la que proviene del Estado y los grupos de poder, la cual ha tenido como resultado el asesinato de numerosos activistas y miembros de comunidades mapuches. Ni que hablar de la casta empresarial y de la policía militarizada. Todo esto es una clara muestra de cómo ha sido la historia de siglos de genocidio, usurpación, asimilación y negacionismo.

    En tiempos de Weichan, el Füta Trawün, nos llama a aumentar nuestras acciones, diálogos y reflexión, nos llama también a reconocernos: Inche kay Che anay  – ¡Somos Gente!… A poner en alto y desarrollar en cada pu lagmien pu Peñi, los valores del Kümeche, Norche, Newenche y Kimche, poniéndonos al servicio de nuestra comunidad y sociedad ancestral.

    Es clave defender estos valores, en momentos de crisis, en que pequeños pero poderosos grupos de la sociedad occidental hegemónica, legitiman la injusticia, el despojo, el abuso, e imponen una cruel y única forma de vivir y de entender el mundo. Bloquean y eliminan así el necesario diálogo que debe existir entre los pueblos en el marco de sus valiosas y legítimas diferencias.

    No somos todos iguales, nuestras familias son diversas, en nuestros lofche y lofmapu, en nuestras formas de organización existen diferencias, eso es una potencia a fortalecer y desarrollar. Valoramos y defendemos la diferencia, aun cuando hoy más que nunca necesitamos de la unidad: kiñe rüpü ka kiñe rakizüam.

    Hoy nuestro camino comunicacional es  Weichan y Trawun, contexto en el cual el control territorial resulta ser fundamental, para la comprensión de esta nueva etapa en el proceso de liberación y reconstrucción Mapuche. Y no solo el control territorial de tierras, sino que del mar, de los bosques, del espacio, y por sobre todo, control territorial de nuestro pensamiento, nuestro Kimun, nuestro rakizüam.

    Nuestros ünen, principales longko y werken, saben mucho de eso, y nosotros, apoyados en esta perspectiva, planteamos que hay que werkenizar las comunicaciones. Especialmente en estos tiempos en que nuestras dirigencias, nuestros/as estudiantes, nuestras familias, se encuentran conectadas a las tecnologías de información y comunicación, mientras continuamos estando en las montañas, en los bosques, en el mar, en el campo y en las ciudades… en nuestros territorios del Wallmapu – kom pule.

    Lo que ha ocurrido con el asesinato de nuestro ünen, longko küpal, Camilo Catrillanca, nos lleva a avanzar en el discurso, pero principalmente nos exige avanzar en las acciones, tanto al pueblo mapuche como a los pueblos chileno y argentino.

    FIN A LA MILITARIZACIÓN DEL WALLMAPU
    Amulepe Tain Weichan

  • Editorial Mapuexpress: Extractivismo, la cara oculta de la destrucción ambiental y social

    Editorial Mapuexpress: Extractivismo, la cara oculta de la destrucción ambiental y social

    Hace un tiempo presentamos en Temuco nuestro libro “Resistencias Mapuche al Extractivismo” junto a la Editorial Quimantu. En él buscamos relevar un concepto emblemático:  el extractivismo, el cual,  permite englobar diversas actividades de “inversión”, sus impactos y resistencias, no solo en el Wallmapu sino en toda América Latina.

    El extractivismo como modelo económico vulnera los derechos humanos al atentar contra la naturaleza y nuestras fuentes de vida y cultura. Dentro de estas actividades identificamos, entre otras, a la industria “minera”, “salmonera”, “forestal”, “petrolera”, que han dejado a los territorios a merced de los capitales extranjeros y grandes capitales nacionales, saqueando lo que ellos llaman “recursos naturales y humanos” y dejando un rastro de pobreza que cada día se hace más palpable.

    Los impactos de estas actividades pueden ser irreversibles, ya sea por la sequía que han dejado las forestales en comunas como Los Sauces, Tirúa, Ercilla o Lumaco; ya sea por los daños a la salud que ha dejado la minería en lugares como Tierra Amarilla o las petroleras en zonas como Neuquén; o también los impactos en las formas de vida y producción de las personas de Chiloé por parte de las salmoneras.

    La cara más dura de este modelo la hemos podido ver este verano con los megaincendios ocurridos en la zona centro. Más allá del debate sobre el origen y la propagación de estos, es indudable que existe un modelo forestal insustentable que ha demostrado, año tras año, ser incapaz de contenerlos. Esto se debe, entre otros, a la nula política de ordenamiento territorial en torno a las plantaciones, la debilidad de la ley de bosque nativo y las carencias del sistema en general que no está preparado para la contención de estos siniestros en el marco de una de las peores consecuencias del extractivismo: el cambio climático.

    Esto explica las continuas luchas reivindicativas Mapuche por proteger su territorio ancestral y se suma a las luchas en la zona sur, centro y en el norte de Chile por proteger las aguas y los territorios. En ese sentido, estamos todos y todas enfrentadas a diferentes enemigos, pero como una constante en cada escenario:  un Estado que no solo permite sino que sustenta el modelo extractivo con su permisiva legalidad.

    Si bien podemos entender como actividades extractivas a la minería o la industria forestal del fines del siglo XIX, consideramos que el actual ciclo extractivista se sustenta con el programa de gobierno de “Ajuste Estructural” de la Dictadura Militar, que apuntaba hacia conformar una economía exportadora, estableciéndose garantías y reformas legislativas favorables a la inversión extranjera. Buscando replicar el modelo minero del norte, los “Chicago Boys” promovieron una serie de políticas para establecer también en el sur un modelo símil -el forestal- que a su vez, resolviera el problema de la tenencia del campo, funcionando con la protección y protección entusiasta de la Concertación, volviéndose la fuente de los principales conflictos sociales durante el Siglo XX.

    Dentro de estas medidas podemos mencionar el Decreto Ley 600 de 1974 que no aplica ninguna condición que pueda limitar las ganancias de las empresas extranjeras; el Decreto Ley 701 aprobado el 1974 que otorga un subsidios de 74% a la industria forestal;  el Código de Aguas de 1981, que permite  el uso, goce y disposición de quien tenga derechos de aprovechamiento y el Código Minero; lineamientos legales que formaron las bases para el inicio de estas actividades.

    Treinta años después del inicio de la aplicación de ese modelo, podemos concluir que se  retornó a las lógicas opresivas de antaño, porque el extractivismo aumenta la pobreza, la dependencia, la destrucción de los bienes comunes de tipo natural, que replican la eterna paradoja de la pobreza y la desigualdad en medio de la riqueza natural.  Irónicamente, en los balances empresariales y políticos, estos impactos nunca aparecieron: fue un negocio redondo.

    Por esto,  autores como Alberto Acosta de Ecuador, han hablado de la “maldición de la abundancia”, y en Perú, Jurgen Schuldt ha catalogado que “somos pobres porque somos ricos en recursos naturales”, dejando entrever la relación entre extractivismo y desigualdad social. La historia latinoamericana nos golpeó a la cara, al ver como se tradujo riqueza natural en pobreza económica.

    Frente a los años que han pasado desde que se crearan los códigos legales que orientaron el curso de la economía en Chile, ¿Por qué aun no logramos cambiar nuestra historia? Parece que nos hemos focalizado, dejando de lado las grandes luchas e ideales que incitaban a derrumbar y cambiar esta realidad. Porque hoy, suenan las consignas de forestal, agua, minería, agroindustrias y petroleras, pero suenan como luchas aparte, distantes.

    Debemos mirar globalmente los impactos económicos, sociales y ambientales del extractivismo en la vida cotidiana de las comunidades. Es por esto que los conflictos socioambientales se constituyen como una lucha por la vida, desde la protesta, el trafkintu, el resguardo de la comunidad, formas de resistencia a un modelo de explotación que nos priva de la naturaleza y con ello, de nuestra fuerza vital. Así han nacido y se han desarrollado propuestas alternativas como la soberanía alimentaria, poniendo en el centro de la discusión la sustentabilidad de la naturaleza pero también la de los pueblos, que tienen derecho a decidir su futuro.

    Se torna urgente y necesario que tomemos una posición frente a este continuo saqueo extractivista desde sus distintas caras “forestal”, “salmonero”, “petrolero”, “minero”, y diversas megaindustrias, hacer frente a la permisividad de las leyes que sustentan este modelo económico que atenta contra nuestra vida y nuestra supremacía sobre el territorio. En paralelo debemos construir un modelo alternativo de vida, en el cual el trabajo deje de ser una mercancía y la economía esté al servicio de la satisfacción de las necesidades humanas y animales. Esa es la tarea que están dando diversas organizaciones y comunidades en todo el Wallmapu y el continente. Esa es también nuestra tarea como medio.

    Colectivo Editorial Mapuexpress

     

  • Bachelet y Huelga de Prisioneros Políticos Mapuche: la pequeña, cruel y aún poderosa vieja minoría (Editorial de Mapuexpress)

    Bachelet y Huelga de Prisioneros Políticos Mapuche: la pequeña, cruel y aún poderosa vieja minoría (Editorial de Mapuexpress)

    Dicen que la historia es circular, se repitieron las mismas promesas, pero en estos 100 días de mandato, más allá de tener un Intendente, un Embajador y un Subsecretario Mapuche, la Nueva Mayoría, en lo que dice relación con el Pueblo Mapuche, no se esfuerza mucho en diferenciarse de la Concertación, tampoco de la derechista Alianza por Chile.

    Editorial Mapuexpress

    A principios de mayo el Gobierno respondió a la dramática situación de tres jóvenes Prisioneros Políticos Mapuche (PPM), Luis Marileo, Cristián Levinao y Leonardo Quijón, que desde el 7 de abril realizan una huelga de hambre en la cárcel de Angol. El hecho ocurrió luego del extenso ayuno, del creciente apoyo a esta protesta por parte de comunidades y organizaciones y después de reuniones con el Intendente Francisco Huenchumilla, para gestionar una reunión entre el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez y los voceros de estos tres jóvenes y la madre de José Mariano Llanca Tori, que se encuentraen grave estado de salud y cuya solicitud de indulto humanitario es parte del petitorio de los tres Mapuche en huelga de hambre. A pesar de la reunión previa entre los voceros de los Mapuche y el Intendente Huenchumilla, tuvo que ocurrir una toma en la Cárcel de Angol, para que en Santiago acusaran recibo de esta movilización (1).

    Las demandas de estos tres jóvenes –la revisión de los cuestionados juicios en que fueron condenados utilizando testigos protegidos, su traslado al Centro de Educación y Trabajo de esa ciudad y el indulto humanitario para Llanca Tori-, coinciden con las recomendaciones del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos en la Lucha contra el terrorismo, Ben Emmerson, quien luego de visitar Chile en 2013 y reunirse con autoridades, fiscales, jueces, empresarios, agrupaciones de víctimas de violencia, comunidades y presos políticos Mapuche, y reiterar una vez más que en Chile no hay terrorismo, exhortó al Estado de Chile, y por ende al Gobierno saliente y al que asumió en marzo del 2014, a respetar “a quienes hayan sido condenados basándose en el testimonio de testigos anónimos”, a quienes “se debe dar el derecho a que sus condenas sean revisadas y, en su caso, sea ordenado un nuevo juicio” el que se debe regir por las disposiciones delderecho penal común, “sin recurrir a testimonios anónimos”.

    Otra de las recomendaciones realizadas por el Relator de la ONU, fue la de “garantizar la provisión de instalaciones para los detenidos Mapuche para cumplir sus condenas cerca de sus comunidades” (2).

    Ambas recomendaciones son afines con el Convenio 169 de la OIT, Instrumento Internacional que para sorpresa de muchos en el Gobierno, el Congreso y el Poder Judicial, no sólo se limita a la ya “mutilada” Consulta Indígena, sino que también establece deberes en materia penal. En virtud de los artículos 8, 9 y 10, el Convenio 169 obliga al Estado a dar preferencia a sanciones distintas del encarcelamiento y tener en cuenta las costumbres de los Pueblos Indígenas en caso de imponer sanciones penales.

    A más de un mes de ayuno de los tres jóvenes, Hugo Melinao vocero de los huelguistas, señaló en relación al Ministro de Justicia que “ellos simplemente dicen que quieren tiempo, pero el tiempo avanza y peligra la vida de nuestros peñis”, y el ejecutivo los presiona para que abandonen la huelga ya que según los funcionarios de Bachelet la protesta carcelaria “no  genera el efecto que ellos esperan”. (3).

    El Ministro, cumpliendo con la mala costumbre de la clase política y de los anteriores gobiernos, no responde a las legítimas demandas de los huelguistas y entrega una propuesta que no va al caso, que no es parte del petitorio de esta movilización, que desvía la atención a las demandas de los huelguista: la construcción a futuro de una cárcel especial para elPueblo Mapuche.

    La indignación, pero no la sorpresa, creció al saberse que ante la solicitud de indulto humanitario por razones de salud para José Mariano Llanca Tori, el Ministro Gómez, optó por solicitar nuevos exámenes médicos, poniendo en duda el trabajo de los profesionales de la salud que han examinado al Prisionero Político. Con esta medida el Ministro de Justicia, en definitiva el gobierno de Bachelet, solo dilatan la toma de decisiones administrativas, prolongan el ayuno y aumentan la atención nacional e internacional y el descontento de las comunidades y organizaciones chilenas y Mapuche.

    A esta movilización se sumó el 10 de mayo el peñi Cristian Curinao, otro joven Mapuche víctima de un proceso judicial en curso, por el cual se encuentra en prisión preventiva, en base al testimonio de un “testigo sin rostro” como única prueba (4).

    En Temuco, este lunes 12 de mayo, luego de saber que la Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad y ratificó su condena cuyo sustento únicamente son conjeturas y suposiciones, el Machi Celestino Córdova también se sumó a esta movilización, pidiendo solución al petitorio de los 4 huelguistas de Angol, apoyando el indulto humanitario a Mariano Llanca Tori y demandó ser traslado a la Colonia Penal de Vilcún (5), exigencias todas que son respaldadas por el Derecho Internacional.

    Hasta el momento, entre el último Gobierno de la Concertación, y el actual Poder Ejecutivo de la Nueva Mayoría, no vemos ninguna actitud que haga diferente a estas Administraciones del Estado chileno ante la prisión política Mapuche y las huelgas de hambre que se realizan como principal, y quizás única, forma de llamar la atención de las autoridades y de la opinión pública.

    Gracias a las movilizaciones -huelgas de hambre- de los años 2006, 2008 y 2010 se lograron insuficientes, limitadas e incluso contradictorias reformas a la Ley Antiterrorista. Pero trajeron el recuerdo de la maliciosa herencia de la dictadura pinochetista y visibilizaron el silencio, la placidez y muchas veces complicidad de la clase política socialdemócrata frente al funcionamiento de estas leyes impuestas por el criminal poder cívico militar que ocupó Chile a partir de 1973. Y por supuesto a todo esto se suma el sistemático cuestionamiento de la comunidad internacional y deNaciones Unidas para que Chile cambie estos abusivos horrores legales.

    Por otro lado, la creatividad jurídica de Fiscales y Jueces, permitió que los testigos sin rostro y la delación compensada, aberraciones propias de la Ley Antiterrorista, se sigan utilizando de manera ladina en procesos ordinarios, que en su resultado final aparecen sin el desprestigió de haber usado la Ley Antiterrorista, porque la condena no refleja su astuto uso.

    Aunque el Gobierno se empeñe en hacer enojar al derechista Senador chileno Alberto Espina, diciendo que no aplicará más esta Ley, ésta no deja de ser una frase inocua, ya que el Ministerio Público (órgano autónomo), puede invocarla. Además, como ya dijimos, desde el peculiar caso del Fiscal Elgueta, la sorprendente agilidad jurídica de Jueces y Fiscales ha permitido, sin aplicar la Ley Antiterrorista, utilizar testigos anónimos, procesar, mantener en extensas prisiones preventivas y finalmente condenar a decenas a jóvenes Mapuche que se han sumado a la justa e histórica protesta social que mantienen familias, comunidades y organizaciones que durante las últimas décadas han luchado colectivamente por la recuperación del territorio de Wallmapu.

    Luis, Leonardo y Cristian no son los primeros en iniciar una huelga de hambre para demandar justicia, recordarnos el derecho ancestral y ahora derecho internacional indígena. Cuando ellos eran niños, vieron a sus familiares tomar la misma decisión que ahora ellos han tomado.

    En 2006 y 2008, la Presidenta Bachelet fue incapaz de dar una respuesta acorde a los Estándares internacionales de Derechos Humanos frente a hechos similares. Dudamos que en este segundo mandato lo pueda y quiera lograr, aunque lo debería hacer.

    Este lunes, en Argentina, de la misma forma que lo hizo en Canadá el año 2008, Bachelet se escondió de la solidaridad y preocupación internacional por la huelga de hambre de los presos Mapuche (6).

    Dicen que la historia es circular, se repitieron las mismas promesas, pero en estos 100 días de mandato, más allá de tener un Intendente, un Embajador y un Subsecretario Mapuche, la Nueva Mayoría, en lo que dice relación con el Pueblo Mapuche, no se esfuerza mucho en diferenciarse de la Concertación, tampoco de la derechista Alianza por Chile.

    La protesta de los prisioneros políticos tiene una historia y un contexto. La cárcel no logra aislar la urgencia de estos Peñis en huelga de hambre de las justas y permanentes demandas del Pueblo Mapuche de ejercer sus derechos. Sin embargo, “las legítimas reclamaciones de tierras Indígenas se han enfrentado a una burocracia que no ha permitido dar solución” (7), a estas históricas instancias. Megaproyectos de inversión de industrias extractivas y energéticas, la imposición de leyes injustas, la exclusión de la participación de las comunidades afectadas, y la violación del derecho internacional, continúan siendo realidad diaria. Este es el caso de la fraudulenta aprobación de las modificaciones de la Central Hidroeléctrica de Tracura (8) que representa la cuestionada y muchas veces corrupta institucionalidad ambiental que rige en los territorios del sur.

    Como hemos visto en las últimas semanas, la prisión política Mapuche sigue siendo una realidad que no inmuta a este Gobierno, a pesar del grave estado de salud de José Mariano Llanca Tori, ni del ayuno de un Machi y 4 jóvenes Mapuche.

    Para el Pueblo Mapuche, la Nueva Mayoría chilena aparece defendiendo económica, cultural, histórica y políticamente a la pequeña y cruel, pero aún poderosa vieja minoría.

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  • Editorial Mapuexpress: CENSO 2012, Pueblo Mapuche más vivo que nunca

    Editorial Mapuexpress: CENSO 2012, Pueblo Mapuche más vivo que nunca

    EDITORIAL MAPUEXPRESS: (¡¡PETÜ MONGELEINÑ KOM PUCHE MAPUCHE, PETÜ MONGELEINÑ!!)

    El Censo de 2012, tal como el del año 1992, devela que Chile tiene una condición de Plurinacion. Sabemos que la sociedad chilena entiende que en estos territorios coexisten varios Pueblos. Y el Pueblo Mapuche tiene una presencia notable en diferentes áreas de la vida social, política, cultural, espiritual y económica de las instituciones públicas y privadas, y por supuesto en la sociedad civil chilena, pero además mantiene sus propias instituciones y formas de vida tanto en las ciudades como en las comunidades locales.
    La presencia Mapuche es la que no quieren reconocer pequeños pero poderosos sectores del Estado, la Academia, el gran empresariado y la corrupta clase política chilena, y ese no reconocimiento es lo que sigue imponiendo violencia, discriminación y despojo de los recursos naturales en los territorios de Wallmapu, pero también genera violencia al interior de la sociedad chilena.

    Por: Equipo Mapuexpress
    La cifras dadas a conocer este martes del Censo de población realizado en 2012 informan que 1.508.722 personas se declararon Mapuche. Esto representa el 9,9 por ciento del total de personas, 16.634.603, que viven en el territorio chileno y en el territorio ancestral llamado Wallmapu.
    Llama la atención que en los últimos tres censos las cifras han recorrido una impresionante ruleta rusa. En 1992 el Censo afirmó que 1.281.651 personas eran mapuche incluidas las menores de 14 años. En 2002 esta cifra disminuyo a 604.000. y Ahora los números se elevaron por sobre el millón y medio.
    La diferencia de cifras representa de alguna forma, por un lado la desprolijidad e intención política que en ciertas administraciones se han impuesto al interior del Instituto Nacional de Estadísticas. Pero también significa la constante lucha entre un sector de funcionarios públicos, académicos y políticos por invisibilizar y hacer desaparecer de las estadísticas al pueblo Mapuche, por una parte, y otro sector que maniobra para realizar su labor con profesionalismo y realismo histórico.
    A esto hay que agregar que, además de las diferentes preguntas en estos tres censos y la forma como se plantearon y se llevaron a terreno, en el aumento de las personas que se reconocen como Mapuche existe el avance de la justa protesta social mapuche con causas ejemplares de defensa y recuperación de territorios, historia, economías y espiritualidad. No son solo variables estatales las que arrojan que en Chile existimos 1 millón 500 mil Mapuche, sino que a pesar de la maquinaria de marginación, discriminación y racismo de ciertos sectores chilenos, nuestras familias, comunidades y organizaciones han establecido un piso firme de autoreconocimiento, autoidentificación y búsqueda y desarrollo del lugar que nos corresponde en el Cono Sur de América y en el Mundo.
    El Censo de 2012, tal como el del año 1992, devela que Chile tiene una condición de Plurinacion. Sabemos que la sociedad chilena entiende que en estos territorios coexisten varios Pueblos. Y el Pueblo Mapuche tiene una presencia notable en diferentes áreas de la vida social, política, cultural, espiritual y económica de las instituciones públicas y privadas, y por supuesto en la sociedad civil chilena, pero además mantiene sus propias instituciones y formas de vida tanto en las ciudades como en las comunidades locales.
    La presencia Mapuche es la que no quieren reconocer pequeños pero poderosos sectores del Estado, la Academia, el gran empresariado y la corrupta clase política chilena, y ese no reconocimiento es lo que sigue imponiendo violencia, discriminación y despojo de los recursos naturales en los territorios de Wallmapu, pero también genera violencia al interior de la sociedad chilena.
    No está demás señalar que las cifras son determinantes para los presupuestos en políticas públicas y queda de manifiesto los ocultamientos y la enorme discriminación en este item, porque mientras en Chile la población indígena es más del 11%, y resulta que para políticas indígenas se destina solo el 0,3 % del presupuesto público nacional.
    Pero a pesar de cifras de cantidad de personas y/o de presupuesto, lo que devela el Censo 2012 es que el Pueblo Mapuche está más vivo que nunca y que existe un reconocimiento de la identidad por parte de los Mapuche que va acompañada de una demanda histórica al pueblo chileno a reescribir la historia. Pero también este Censo llama a reconocer el despojo económico, territorial y cultural que ha ejercido el Estado de Chile y a aceptar que los pueblos que conviven en este país demandan hace décadas el respeto a las identidades territoriales y sus economías y a reconocer la plurinacionalidad de estos territorios.
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