martes, noviembre 12, 2024

Conocimiento indígena y recursos genéticos, apropiados indebidamente por grandes corporaciones y Estados

Necesario nombrar Custodios Indígenas de Recursos Genéticos. Conocimientos tangibles e intangibles indígenas representan un soporte vital social. Pandemia y falta de conectividad obstáculos para avanzar en negociaciones.

Por Genaro Bautista – Fuentes: rebelion.org

Después de dos décadas de negociaciones, este año se espera acelerar los acuerdos del Instrumento Jurídico Internacional sobre Conocimientos Tradicionales, Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Durante la 42 sesión del Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore, celebrada del 28 de febrero al 4 de marzo de 2022, la representación indígena, manifestó su confianza para que, después de dos décadas de negociación, ahora sobre Recursos Genéticos, se tenga un instrumento final vinculante y piden revivir el espíritu de compromiso que embargó la CIG 36, para que cualquier compromiso sea respetuoso con los derechos de los Pueblos Indígenas y las Comunidades Locales.

Los representantes de pueblos indígenas recordaron que el motivo de estas negociaciones se centra en la apropiación indebida del conocimiento tradicional indígena por parte del capital global y a expensas de los pueblos indígenas.

Por ello, afirman, “cualquier instrumento que surja de estas negociaciones debe tener como objetivo la protección de los derechos indígenas, y no limitarlos en función de los intereses de Corporaciones y Estados que han violado persistentemente los derechos de las sociedades originarias”.

Fue una Jornada intensa, donde la habilidad del Caucus Indígena permitió pequeños pero significativos avances del Instrumento, con el respaldo de países de Abya Yala, África, Asia, Suiza y otros países de la Unión Europea.

Aunque las negociaciones fueron complejas, se tiene la simpatía de nombrar a los Custodios Indígenas de los Recursos Genéticos, buscando que exista el observatorio permanente para identificar los riesgos y saqueos de que sean objeto.

Durante la inauguración, Cacique Phillips, representante indígena de Canadá, en nombre del Caucus indígena fue muy claro al afirmar que no aceptarán nada por debajo de lo ya establecido, tanto en el Convenio 169 de la OIT, como en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).

Así, señalaron que el texto presentado por el presidente del CIG, Ian Goss, debe incluir protecciones más fuertes de los derechos de los pueblos indígenas.

Nos referimos, indicaron, en las reparaciones para el robo y la apropiación indebida de Recursos Genéticos (RR.GG) y Conocimientos Tradicionales (CC.TT) tanto pasados como actuales”.

De igual forma respaldaron la incorporación en el Instrumento Jurídico Internacional, del requisito obligatorio de divulgación del origen, con bases de datos como medida complementaria. Y sostuvieron que la publicación o inclusión de conocimientos tradicionales asociados a RR.GG. en las bases de datos “no coloca dichos conocimientos en el dominio público”.

La divulgación obligatoria contó con el apoyo de la mayoría de los Estados, con la excepción de Estados Unidos y Japón.

Los pueblos indígenas han dejado claro que los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos son instrumentos técnicos, tangibles e intangibles cuya existencia y uso representan un soporte vital social, económico y cultural para los portadores. Con este fin, las medidas de protección y participación en los beneficios en caso de divulgación obligatoria y necesaria en aras del interés público sólo deben autorizarse en el marco de una nueva instancia internacional y vinculante que respeten los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales.

Estas disposiciones, señalaron, son fundamentales para evitar las apropiaciones indebidas y las violaciones de los derechos.

El Caucus Indígena afirma que sus pueblos se ven gravemente afectados por las múltiples crisis complejas, como las derivadas del cambio climático a las que ahora se suma el COVID-19, mientras que la bancada indígena recuerda que el Desarrollo Sostenible se define como «desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas propias».

Como tal, y en el marco de los compromisos de los Estados para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para 2030, la satisfacción de los derechos culturales, económicos, religiosos y políticos de los Pueblos Indígenas y las Comunidades Locales es una obligación como todas las demás cuestiones de derechos humanos.

Durante este período de sesiones, nos hemos acercado a un acuerdo sobre cuestiones fundamentales para la protección de los derechos de los pueblos indígenas, en particular la inclusión en el texto de requisitos obligatorios de divulgación del origen.

Un aspecto fundamental y que exige atención es que parte de la dificultad para incidir en las negociaciones en la OMPI se dio con las restricciones de COVID y la posibilidad de participar en línea por la escasez de tecnologías en sus pueblos y comunidades.

Por ejemplo, para este CIG 42 algunos representantes indígenas se vieron obligados a viajar más de 1,000 kilómetros para obtener una conexión estable a Internet.

En diferentes momentos, las delegaciones, informaron que las numerosas consecuencias negativas que han sufrido los Pueblos Indígenas por la pandemia están documentadas en el Informe del Relator Especial de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de julio de 2020 [1]. Y en ese punto expusieron que, debido a la pandemia y la falta de infraestructura de banda ancha en sus comunidades, entre otros obstáculos, se enfrentan a limitaciones graves al momento de participar en estas negociaciones.

Y remarcaron que, si bien estas negociaciones se interrumpieron por el COVID 19, la apropiación indebida y la explotación de los CC.TT., las ECT y los RR.GG. han continuado y se ha ignorado el requisito de consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas.

Reafirmaron la responsabilidad de los Pueblos Indígenas, tal como “nos lo ha concedido el Creador”, de proteger la herencia cultural, tierras tradicionales y recursos. Esto incluye proteger la biodiversidad del mundo y la protección de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados de los Pueblos Indígenas.

Esto mismo fue subrayado en la Clausura del CIG 42 el pasado 4 de marzo y que será parte de los avances en las negociaciones del CIG 43 prevista para finales de mayo de 2022.

Nota: [1] Disponible en A/75/185 – E – A/75/185 -Desktop (undocs.org).

- Advertisment -spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

Lo Más Reciente