miércoles, diciembre 4, 2024

Guido Carihuentro es trasladado desde el Hospital El Salvador al Hospital de Temuco

 

Informe misión de observación de derechos humanos en el Hospital El Salvador. Por Comisión Ética Contra la Tortura (Santiago – Chile)

21 de enero de 2014

El domingo 18 de enero fue trasladado desde el Hospital Regional de Temuco hasta el Hospital El Salvador en Santiago, Guido Carihuentro Millaleo, comunero mapuche de Pitrufquén. Guido fue gravemente herido con un arma de fuego por un guardia de fundo en Freire en la madrugada del día 1º de enero.

La decisión de su traslado perseguía brindarle en Santiago las atenciones médicas por sus graves lesiones oculares que requerían una intervención quirúrgica de urgencia. Cabe señalar que Guido además fue herido con perdigones que aún permanecen alojados en el tórax y cerebro[1]. Sus familiares fueron notificados repentinamente de este traslado sin entender por qué. Guido se encontraba en la UCI del Hospital de Temuco, unidad que contaba con los medios para tratar sus graves heridas. Así mismo, los familiares se sorprendieron en Santiago cuando después de ser atendido, Guido fue trasladado nuevamente el día domingo 18 de enero al Hospital Penitenciario de Santiago donde pasó la noche. En este recinto asistencial los familiares fueron notificados que el paciente había sido ingresado sin ninguna indicación médica, razón por la cual no recibió atenciones especiales durante esa noche ni la siguiente, debiendo ser asistido por los otros pacientes que se encontraban en la misma sala.

El día martes 20 de enero Guido fue intervenido quirúrgicamente en su ojo izquierdo que finalmente perdió definitivamente, arriesgando aún la vista en su ojo derecho. Desde ese día permaneció internado en el Hospital El Salvador a la espera de su evolución al día siguiente. Esta intervención nuevamente sorprendió a sus familiares debido a que habían sido informados previamente que la operación requería de una hospitalización previa de a lo menos diez días.

Finalmente, el día miércoles 21 de enero, Guido fue dado de alta al medio día. La situación de los familiares se centró en ese momento en la situación que viviría Guido. El director del Hospital de Temuco les había señalado que el traslado de regreso a Temuco dependería del Hospital El Salvador, mientras el director de este señalaba lo contrario. La decisión finalmente estaba radicada en Gendarmería y esto preocupaba a los familiares pues un eventual traslado al Hospital Penitenciario de Santiago habría significado retornar (como ocurrió las noches correspondientes al 18 y 19 de enero) a una situación de absoluta precariedad.

Alrededor de las 12:30 hrs. Hernán Pulgar, encargado de la Unidad de Comunicaciones del Hospital El Salvador, comunicó a los familiares que Guido finalmente sería trasladado directamente al Hospital de Temuco. La decisión se la habría comunicado directamente un funcionario de Gendarmería. Esta información pudo ser corroborada por el Subteniente Roberto Burgos Astete que se encontraba a cargo de la gestión. A las 13:00 hrs. Guido Carihuentro, custodiado por funcionarios de Gendarmería fuertemente armados, con apoyo de un contingente de carabineros apoyados por dos automóviles policiales, un furgón, unidades motorizadas y a lo menos dos automóviles civiles, fue subido a una ambulancia de Gendarmería para ser nuevamente trasladado al Hospital de Temuco. Así lo confirmó el Oficial Ayudante del operativo Juan Sánchez Pérez quien, según dijo, actuaba en representación del Coronel Tulio Arce Araya, Jefe del Departamento de Seguridad Penitenciaria.

Guido Carihuentro Millaleo fue formalizado el día 12 de enero por incendio, después de haber permanecido en estado grave, con riesgo vital. La defensa de Guido, radicada en los defensores públicos Lucy Catalán y Marcelo Pizarro, presentó dos recursos de amparo entre los días 1º y 2 de enero en su favor con el objeto de dejar sin efecto la detención y formalización debido a que Guido se encontraba en un estado de salud incompatible con dichas acciones pretendidas por los fiscales Luis Espinosa y Miguel Ángel Velásquez.

Tras una resolución favorable adoptada por la Jueza Suplente Fabiola Cancino Muñoz, la Jueza de Garantía Titular de Pitrufquén, Caroline Guzmán Muñoz, finalmente autorizó la detención de Guido tras una solicitud hecha de manera verbal por parte del Fiscal Miguel Ángel Velásquez. A juicio de la Defensoría Penal Pública la “resolución de la jueza Guzmán ha sido expedida de forma ilegal” y “amenaza el derecho a la libertad personal y seguridad individual” del afectado, pues no se cumplen los supuestos que la ley exige para que se autorice la detención de una persona de modo verbal, como por ejemplo que ello “sea indispensable para el éxito de la diligencia” [2].

Por otra parte, la familia de Guido señala no tener claridad acerca de su paradero durante un periodo de tiempo correspondiente a la madrugada del día 1º de enero. Sus familiares tuvieron noticias de él alrededor de las 4:40 de la mañana en el Hospital regional custodiado por carabineros de Freire. La Machi Denis Márquez Catrifol, esposa de Guido, señaló que su marido le confesó haber sido torturado por carabineros, evidenciándose en sus brazos enormes hematomas producidos por los golpes, así como la falta de parte de su dentadura, respecto de lo cual debió haber tomado conocimiento el personal médico y paramédico del Hospital de Temuco. Para los familiares estos hechos pudieron haber agravado su condición provocándole la muerte.

En este contexto la Defensoría Penal Pública interpuso dos recursos de amparo: uno que pretendía dejar sin efecto una resolución establecida por la Jueza Fabiola Cancino que autorizaba a la Fiscalía la toma de “muestras de sangre y saliva del amparado -como también de muestras de nitrato, nitrito y trazas, a fin de identificar eventuales residuos de pólvora o acelerantes-, pues lo hizo sin que el imputado pudiera manifestar su consentimiento o rechazo a estas pericias” [3]; el otro recurso fue presentado ante el Tribunal de Garantía de Pitrufquén exigiendo en un plazo de 72 horas aclarar “a ciencia cierta qué ocurrió con el imputado herido desde que fue encontrado –cerca de las dos de la mañana- y luego ingresado al centro de salud de la capital regional, a las 04.40 de esa misma madrugada” [4].

Finalmente, es importante establecer, desde esta misión de observación de derechos humanos, lo siguiente:

1.- La Justicia debe determinar con exactitud la secuencia de hechos desde el momento en que Guido Carihuentro es herido hasta el momento de su detención y posterior traslado al Hospital Regional de Temuco.

2.- Investigar la denuncia pública que ha realizado la Machi Denis Márquez Catrifol en relación a las torturas de las que habría sido víctima su marido estando en una condición vital de extrema gravedad como consecuencia de los disparos que recibió en su cuerpo. En este sentido exigimos a las autoridades hospitalarias asumir sus responsabilidades constatando posibles torturas tal como lo establece el Protocolo de Estambul en estos casos, razón que nos lleva a solicitarle al Instituto Nacional de Derechos Humanos que se haga parte en este caso.

3.- Nos preocupa que estemos frente a un intento de homicidio y, por tanto, ante un montaje que pretende además consumir la vida de Guido en la cárcel ¿Qué otra interpretación cabría hacer tras conocer, a través de sus familiares, acerca de las condiciones en las que permaneció en el Hospital Penitenciario de Santiago, asistido por internos que le brindaron su ayuda humanitaria?.

4.- Los agentes del Estado, como Carabineros y Gendarmería de Chile, tienen el deber de auxiliar a las personas y no dejarlas morir como es en el caso de Guido Carihuentro, a juzgar por los tratos que recibió desde el día 1º de enero hasta la fecha. Los golpes que recibió en el momento de su detención, así como el abandono en el Hospital Penitenciario de Santiago constituyen en si mismos graves violaciones de derechos humanos.

5.- La Justicia chilena debiera acoger los recursos interpuestos por los defensores de Guido Carihuentro dado que su detención fue realizada en condiciones en las que no pudo ejercer sus derechos, dentro de los cuales se encuentra el conocimiento acerca de los motivos de su detención [5].

6.- Ajustar los protocolos de los hospitales (de Temuco, Penitenciario de Santiago y El Salvador) en relación a una atención médica y comunicación con los familiares de acuerdo a los estándares de respeto a los derechos humanos. Guido Carihuentro tiene derecho a la salud y a ser atendido integralmente como cualquier otra persona. Sus múltiples y graves lesiones requieren atención médica especializada, debiendo permanecer en un recinto hospitalario no carcelario que reúna todas las condiciones así como la presencia cercana de sus familiares.

 

Manuel Andrade

Comisión Ética Contra la Tortura Santiago – Chile

Notas: 

[1] De acuerdo a lo señalado por la Defensoría Penal Pública: “Tal como lo confirmó el jefe de la Unidad de Urgencia del Hospital Regional de Temuco, doctor Sergio Cáceres, el diagnóstico inicial de Guido Carihuentro al ser internado fue de politraumatismo por armas de fuego con múltiples lesiones faciales, cervicales y pectorales, lesión pulmonar bilateral y lateral tratada con drenaje, lesiones cervicales y oculares, todo lo cual lo mantiene grave en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y con riesgo vital” (http://www.dpp.cl/sala_prensa/noticias_detalle/5921/defensoria-penal-publica-interpuso-recurso-de-amparo-en-favor-de-comunero-baleado-en-freireGuid)

[2] Íbid.

[3] Íbid.

[4] Íbid.

[5] En este sentido resulta pertinente dar a conocer la posición de la Defensoría Penal Pública de la Araucanía, que es posible conocer en: http://www.dpp.cl/sala_prensa/noticias_detalle/5943/defensa-de-comunero-herido-apela-por-amparo-rechazado-en-la-corte-de-apelaciones

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