Etiqueta: derechos indigenas

  • Trañi Trañi: Taller analizó la vulneración de derechos mapuche en el territorio comunal de Temuco

    Trañi Trañi: Taller analizó la vulneración de derechos mapuche en el territorio comunal de Temuco

    Comunidades del Trawün de Temuco participaron de un nütram donde analizaron los resultados de un diagnóstico respecto a la situación de sus derechos como mapuche y avanzaron en propuestas para fortalecerlos…

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  • Opinión: «Los ninguneados de siempre»

    Opinión: «Los ninguneados de siempre»

    No somos pueblos de odio ni resentidos. Hoy solo tenemos un dolor hondo, pero del dolor vendrá la fuerza para seguir luchando. Aquí estaremos y aquí seguiremos siendo. Aquí están nuestros ancestros, nuestros Ngen, nuestra fuerza, aquí crecerán nuestros hijos y aquí seguirá floreciendo nuestro conocimiento.

    Por Red de Mujeres Originarias por la Defensa del Mar.-

    Wallmapu, Rimü , 10 kunio küyen 2024 – Tras el contundente rechazo a las solicitudes de espacios costeros marinos de pueblos originarios, primero en la región de Aysén y el pasado viernes en la región de los Lagos, un dolor intenso, como olas que rompen en las rocas, retumba en el corazón y la memoria del pueblo Mapuche Williche y nos convoca a una profunda reflexión.

    Como pueblos originarios destinamos nuestros esfuerzos en cuidar, conservar y proteger nuestros territorios, el mar, nuestras formas de vida, saberes tradicionales e identidad cultural y, a su vez aportamos con nuestros conocimientos, valores y trabajo a la sociedad en general, como ciudadanas y ciudadanos.

    Sin embargo, en los procesos de toma de decisión en los que hemos participamos de buena fe y confiando en la institucionalidad y el derecho que nos ampara, terminamos siempre excluidos y excluidas. Así seamos protagonistas de la discusión o se discutan nuestros derechos, vemos una y otra vez cómo nos quitan de la discusión y decisión final como algo que estorba o molesta.

    Hemos pasado de políticas asimilacionistas a discursos de integración e inclusión del indígena en la sociedad chilena, que son meros clichés paternalistas. Nunca nos vieron como iguales. Nos llaman “nuestros pueblos originarios” como si les perteneciéramos, como si debieran tutelarnos para que no se nos salga “el indio” o “la india” rebelde. Somos objeto de cuidado, no sujetos de derecho, porque no nos reconocen derechos y nos impiden ejercer los pocos que tenemos.

    Nos despojaron de la tierra, y ahora nos quieren quitar el mar, porque nuestras formas de vida se anteponen a sus intereses económicos. Son ustedes los que lo quieren TODO solo para ustedes, hasta lo que hemos cuidado de generación en generación para las generaciones que vendrán. ¿Qué quedará del mar cuando se explote toda la vida que en él habita? ¿Cuándo se ingrese a él sin respeto, ni agradecimiento?

    El rechazo a las solicitudes de ECMPO expresa un rechazo rotundo a los pueblos originarios y no lo vamos a olvidar.  No olvidaremos señores alcaldes su triste desempeño político. Nos quedará en la memoria su reunión como Consejo de Alcaldes con el gremio salmonero el pasado 15 de mayo, donde pactaron su voto.

    Recordaremos como se alinearon, salvo unas pocas honrosas excepciones, en la última votación en rechazo de nuestras solicitudes. Guardemos en la memoria su justificación: “debemos responder en igualdad a todos los habitantes de nuestra comuna”, cuando los pueblos indígenas nunca fuimos considerados en ese grupo de habitantes.

    Nos queda en la memoria como siendo autoridades que deben gobernar por el bien común y garantizar los derechos de todas y todos, desconocen rotundamente nuestros derechos, señalando que es deber de nosotros y nosotras instruirlos e informarlos.

    Les aseguramos que seremos en extremos cuidadosas y cuidadosos en las próximas elecciones de noviembre. Cuando se acerquen con sonrisas, cuando se aprendan nuestros nombres para invitarnos a la foto o para regalarnos un calendario o un tazón. ¿Esa es su integración? ¿Así hacen política? No señores, nunca más tendrán nuestra confianza.

    Los recordaremos con el pecho inflado marchando entre salmoneros, aquellos que vociferaban discursos racistas y de odio hacia nosotros y nosotras. Envalentonándose con los aplausos efusivos de grupos racistas. Como si el odiar y el amenazar fuera lo políticamente correcto hoy en día, el racismo y la discriminación institucionalizada.

    Honrar la memoria de un defensor y las lágrimas que en su nombre se derraman nos debieran llamar a todos y todas a reflexionar; el que nuestros representantes indígenas tengan que asistir a la votación con resguardo policial debe llamarnos a la reflexión. ¿Qué acción tomamos frente a esto? ¿Quedarnos en la reflexión y el dolor o seguir fortaleciendo la acción colectiva y solidaria de nuestros pueblos?

    Ustedes seguirán trasladando sus marchas de odio y racismo a los pueblos del sur austral, a los pueblos de norte profundo y frágil, tratándonos como pueblos extintos o minorías. Nosotros, los pueblos originarios, seguiremos resistiendo con la frente en alto.

    No somos pueblos de odio ni resentidos. Hoy solo tenemos un dolor hondo, pero del dolor vendrá la fuerza para seguir luchando. Aquí estaremos y aquí seguiremos siendo. Aquí están nuestros ancestros, nuestros Ngen, nuestra fuerza, aquí crecerán nuestros hijos y aquí seguirá floreciendo nuestro conocimiento.

    !!Frente a las adversidades, no nos cansaremos nunca.!!

    Red de Mujeres Originarias por la Defensa del Mar

  • Opinión: Caso Celestino Córdova, la Corte Suprema se aleja nuevamente de la defensa de los DDHH

    Opinión: Caso Celestino Córdova, la Corte Suprema se aleja nuevamente de la defensa de los DDHH

    Análisis da cuenta de las implicancias e incumplimiento en materia indígena por parte del Estado Chileno en relación a la decisión judicial desfavorable respecto al acceso al beneficio de libertad condicional por parte del machi quien actualmente cumple su condena en el CET de Vilcún. Sostienen “los argumentos son discutibles y contradictorios”, el condenado reúne todos los requisitos formales y el estándar internacional respalda el cumplimiento de penas distintas a la privación de libertad, el Estados se juega su buena fe y credibilidad ante organismos internacionales.

    Por Izquierda Cristiana*.-

    Ngulumapu, 22 de Enero de 2024 – Cada cierto tiempo la Corte Suprema de Justicia se ve enfrentada a la necesidad de hacer ciertas definiciones que desnudan, la permanente contradicción en que vive cuando se ve enfrentada a casos de derechos humanos, lo que refleja el escaso compromiso que mantiene con los pueblos indígenas y con el cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos que se refieren a ellos. En realidad, nada nuevo si se piensa en el triste y vergonzoso rol que cumplió durante la dictadura civil y militar de Augusto José Ramón y los años posteriores a ella.

    Hace unos días, 8 de enero de 2024, resolvió el recurso de amparo presentado por la defensa del Machi Celestino Córdova y le negó el beneficio de la libertad condicional. La Segunda Sala del máximo tribunal revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que le había concedido el beneficio a esta autoridad espiritual Mapuche. La Corte Suprema señala en su fallo que el Machi Celestino Córdova no ha asumido la autoría o conciencia de su actuación en los hechos por los cuales fue condenado, ni tampoco del mal causado.

    Esto, tras conocer el informe de Gendarmería, donde se consigna que “el usuario no presenta autoría como tampoco conciencia del delito ni del mal ocasionado con su conducta, destacando que no presenta rasgos ni características de un trastorno sicopático. Mantiene un relato estructurado respecto del delito sin observarse variaciones en torno a esta temática, como tampoco culpa respecto del delito por el cual cumple condena. Sin embargo, presenta un rechazo explícito de las conductas de transgresión a las normas vigentes”.

    En esta línea, el máximo tribunal precisó que, a pesar de la concesión de permisos intra penitenciarios “no ha sido útil para lograr la rehabilitación en los términos expuestos en la conclusión de la Comisión, esto es, un profundo proceso de cambio y reforma personal que va más allá de la ubicación física”.

    Junto con ello, la Corte Suprema hizo énfasis en que, a pesar de que Celestino Córdova cumple con los requisitos formales para optar a la libertad condicional, debe existir en él “un actuar proclive a la reinserción social, lo que no es compatible con la falta cuestionamiento que mantiene el amparado y que resulta revelado por el informe” de la Comisión de Libertad Condicional.

    Estos son los datos sobre los que fijaremos nuestra posición.

    Primero, rápidamente olvida la Corte Suprema que el Machi siempre ha alegado su inocencia en los actos que lo condenaron, por lo que mal podrá sentir culpa por un hecho que asegura no haber cometido, en un acto en el que tampoco dice haber participado. Forzarlo a que asuma la autoría de una acción que él reiteradamente ha negado, y obligarlo a que tenga conciencia, de su supuesto delito, es pedir a su persona que para obtener un beneficio se mienta a sí mismo, al profesional que lo evalúa, a todo un sistema y a la sociedad.

    En segundo lugar y probablemente en lo que resulta más grave es que la Corte Suprema no solo no está aplicando el Convenio 169 de la OIT, que en sus artículos 8, 9 y 10 [1], dan las garantías suficientes para que los hermanos mapuche, puedan cumplir sus condenas en las comunidades o en lugares que tengan acceso a la naturaleza. La claridad de las normas a las que Chile se obliga es indiscutible y solo estas serían suficientes para que la Corte Suprema argumentara dando lugar al amparo y otorgando el beneficio de libertad condicional para el Machi Celestino.

    En tercer lugar, hay un problema de fondo, que en el caso no es solo penitenciario, detrás de la tozudez en no aplicar las normas del derecho internacional que son ley en Chile, como es el caso del Convenio recién señalado, el máximo representante de un poder del estado da una señal política, que va mucho más allá de otorgar o no el beneficio de la libertad condicional: El estado de Chile, no cumplirá con sus obligaciones internacionales. No permitirá que los pueblos indígenas vivan bajo sus propias normas. De este modo hacen efímero el Convenio 169 de la OIT al que se ha obligado.

    En concreto, el Machi Celestino Córdova es un rehén del Estado, ya que, junto con expresar, en su caso concreto, el irrespeto del derecho internacional, se envía un mensaje en el sentido que no se respetarán los derechos de los pueblos indígenas.

    Chile ha suscrito distintas declaraciones de las ONU que hacen alusión directa a la Autodeterminación de los pueblos, y a que éstos determinen libremente su condición política, su desarrollo económico, social y cultural [2].

    Y diversos pactos que expresan las mismas obligaciones internacionales: El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito por Chile el 16 de septiembre de 1969 y promulgado el 28 de abril de 1989; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos suscrito por Chile el 16 de diciembre de 1966 y promulgado el 30 de noviembre de 1976; El Convenio 169 OIT (1989), donde se establece el mayor control de los pueblos indígenas sobre sus asuntos, mediante mecanismos de consulta, participación, control indígena, responsabilidad indígena y cooperación; este tiene como objetivo asegurar que los pueblos interesados incidan en las leyes, las políticas y los programas que les afecten en su presente y futuro.

    La Corte Suprema al no dar lugar a la libertad condicional del Machi Celestino Córdova, centrando su negativa en argumentos relativos, muy discutibles y contradictorios -ya que formalmente reconoce que reúne todos los requisitos como para que se le otorgue el beneficio y no lo hace- contradice el Convenio 169 de la OIT, que es parte de nuestro ordenamiento jurídico, y cada una de las declaraciones recién citadas y de esa forma vulnera e incumple sus obligaciones con el derecho internacional de los derechos humanos, olvidando que allí se juega su buena fe y credibilidad entre los Estados y los organismos internacionales.

    En síntesis, nuevamente la Corte Suprema, se aleja de la defensa de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas.

    * Dirección Nacional De La Izquierda Cristiana, Fernando Astudillo Becerra, presidente; Héctor Soto Bustos, vicepresidente; Humberto González Rojas, secretario general

    Notas

    [1] CONVENIO 169 OIT:

    Artículo 8: 1. “Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. 2. Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio”.

    Artículo 9: 1. «En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. 2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia”.

    Artículo 10: 1. “Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales. 2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento”.

    [2] La Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales de 1960 (Resolución 1514); la Declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la carta de las Naciones Unidas de 1970 (Resolución 2625); La Declaración y Programa de Acción de Viena (1993); Las Declaraciones: de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) y Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016) afirman ambas, en sus artículos tercero que los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación.

  • 12 de octubre: Pueblos indígenas exigen a empresas y Estados que respeten sus derechos

    12 de octubre: Pueblos indígenas exigen a empresas y Estados que respeten sus derechos

    En el marco del VIII Foro de Empresas y Derechos Humanos, el vocero de la Coordinación Indígena Sur Sur, Manuel Santander, aseguró que «están extrayendo toda la riqueza de los pueblos indígenas y los han empobrecido».

    En el marco del VIII Foro Regional de Empresas y Derechos Humanos y de la conmemoración del 12 octubre, pueblos indígenas reunidos en el Caucus Indígena Abya Yala, se manifestaron para exigir a Estados y empresas transnacionales, que dejen de vulnerar los derechos de sus comunidades.

    En la instancia, que tuvo lugar en la Casa Central de la Universidad de Chile, el vocero mapuche de la Coordinación Indígena Sur Sur, Manuel Santander, reconoció la importancia de tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Mundial del Trabajo (OIT), pero, al mismo tiempo, acusó que no se están respetando dichos acuerdos.

    “Queremos decir el día de hoy que los Estados y las empresas no quieren reconocer los derechos de los pueblos indígenas. Hoy día, hay un conflicto con las inversiones transnacionales, principalmente en los países industrializados, que están extrayendo toda la riqueza de los pueblos indígenas y a los pueblos indígenas los han empobrecido, han usurpado nuestra tierra, nuestro territorio y no nos dejan participar ni incidir”.

    Por eso, dijo Santander, “hemos venido a este foro, a decirle a las empresas transnacionales y a los Estados, que deben reconocer a los pueblos indígenas como contraparte para que se respeten los derechos humanos de los pueblos indígenas, el derecho a la tierra, al territorio y a los recursos naturales”, agregó.

    Por su parte, Marcelo Marín, werken del lof Llollowenko, de la provincia de Malleco, apuntó directamente al Gobierno del Presidente Boric, para que aplique “políticas que vayan a favor de nuestros derechos consagrados internacionalmente, para que vayan a favor de cuidar y proteger nuestra madre tierra, nuestros recursos naturales como los ríos, como los bosques, en donde están radicadas las empresas extractivistas como mineras, pesqueras e hidroeléctricas”.

    “Hoy día, un gobierno como el nuestro, de acá de Chile, ha dicho que está comprometido con el cambio climático, lo cual es totalmente falso, porque no ha hecho nada”, acusó.

    Mónica Aillapán: “Está lejos de ser encuentro de dos mundos”

    En el contexto del 12 de octubre, nuestro medio también conversó con la encargada del Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas de la comuna de Santiago, Mónica Aillapán, quien puso en duda el nuevo nombre que se le ha dado a la fecha.

    A juicio de Aillapán, “está lejos de ser encuentro de dos mundos, pues uno diría que al momento de encontrarse, se está de igual manera o hay algún tipo de consenso. Ese no fue el caso, finalmente hubo un gran genocidio”.

    De todas maneras, la reciente ganadora del Reconocimiento Mujer Indígenas (entregado por la Conadi y Almacau), aseguró que el término anterior, de descubrimiento de América “era todavía más aberrante y actualmente, si bien se le llama encuentro, yo creo que todavía está lejos de ser el encuentro y me parece que lo más acertado podría ser resistencia indígena”.

    En tanto, consultada respecto a los avances que han habido en los últimos años en materia de inserción de los pueblos indígenas a la sociedad chilena, Aillapán señaló que sí han existido de la mano de la Ley Indígena (que cumplió 30 años el día de ayer) y de parte de los propios miembros de las comunidades, que ahora se enorgullecen de su herencia.

    “Siempre se habla de la diáspora, de la gente que se vino desde el sur hacia Santiago, en los años 50, 60, en ese período que fue bien tremendo. Vienen todas estas personas, en este caso mamás, las madres de uno, que se vinieron a trabajar en casas particulares (…) y que tenían la necesidad, incluso, de blanquearse, sacarse las trenzas y parecerse lo menos posible a esto de lo indio”.

    “Entonces, por supuesto que hay avances, hay reconocimiento, hay personas que están valorando, esta misma entrevista u otras, lo que da cuenta de que sí hay un poco más de cabida a estas otras voces y a esta diversidad que es este país”.

    Fuente: Diario UChile

  • Constituyentes de diez Pueblos Originarios critican decisión de SubComisión Convención sobre forma de clasificar Derechos Indígenas

    Constituyentes de diez Pueblos Originarios critican decisión de SubComisión Convención sobre forma de clasificar Derechos Indígenas

    Constitucionales por escaños reservados de diez Pueblos Originarios, manifestaron su rechazo a través de un comunicado público la forma en que están siendo agrupados el catálogo de derechos humanos con relación a los de los Pueblos Indígenas por parte de La Subcomisión de Estructura Orgánica y Funcionamiento de la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional, lo que a juicio de estas, puede inducir a confusiones, rebajando el estatus de los pueblos originarios, socavando los principios de plurinacionalidad, de la libre determinación y la construcción de una constitución verdaderamente plurinacional.

    Cabe señalar que esta Subcomisión aprobó una serie de artículos para la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional, en medio de una serie de observaciones planteadas por escaños reservados de Pueblos Originarios con respecto a la forma en que agrupó los derechos humanos. De esta forma, en el artículo 25 y 26 del documento aprobado, incorpora derechos indígenas individuales al interior de la Comisión sobre Derechos Fundamentales. Derechos Políticos y Civiles; y,  colectivos al interior de la Comisión sobre Derechos Fundamentales Económicos, Sociales y Culturales, y Derechos Colectivos de los Pueblos Naciones Indígenas Preexistentes al Estado, respectivamente.

    Constituyentes de escaños reservados han señalado que: «La Subcomisión rechazó aprobar la creación de dos comisiones transversales de Perspectiva de Género y de Plurinacionalidad, que habían sido propuestas por constituyentes de escaños reservados, poniendo en riesgo la existencia de un enfoque transversal de plurinacionalidad y género que permee toda la construcción y redacción de las futuras normas constitucionales. Estas comisiones de transversalización, tenían por objeto informar  a las demás comisiones los estándares internacionales que se deben tener en cuenta cuando se estén discutiendo las materias de forma y fondo  (territorio, agua, educación, salud, etc) relevantes para los Pueblos Indígenas, las mujeres, y las diversidades,  con el fin de que sus derechos puedan ser garantizados integralmente en toda la Constitución».

    El comunicado público es suscrito por:  Erick Chinga (Diaguita), Wilfredo Bacian (Quechua), Lidia González (Yagán), Isabel Godoy (Colla), Natividad Llanquileo (Mapuche), Isabella Mamani (Aymara), Luis Jiménez (Aymara), Margarita Vargas (Kawéskar), Fernando Tirado (Chango), Tiare Aguilera (Rapa Nui) y Félix Galleguillos (Lickanantay).

    A continuación, se reproduce íntegramente el comunicado:

    COMUNICADO

    Los Escaños Reservados de Pueblos Originarios abajo firmantes queremos comunicar a nuestros pueblos, a la sociedad chilena y a la Convención Constitucional nuestra preocupación ante ciertas decisiones adoptadas en la Comisión de Reglamento de la Convención.

    1.- La Subcomisión de Estructura Orgánica y Funcionamiento aprobó abordar el Catálogo de Derechos Humanos en dos Comisiones Temáticas; de Derechos Civiles y Políticos y otra de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y Derechos de Pueblos Indígenas, no acogiendo la propuesta de escaños reservados que proponían abordarlo en una sola Comisión Temática.

    Abordar el Catálogo de Derechos Humanos de esta manera, reflota una división de Derechos Humanos que ya está superada por la evolución del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Esta división es contraria a los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los Derechos Humanos, fundamentales en el entendimiento actual del derecho internacional.

    La Subcomisión aprobó agrupar los Derechos colectivos de las naciones originarias junto con los Derechos Económicos Sociales y Culturales en una sola Comisión Temática. Si bien ambos son tratados de manera diferenciada, esta agrupación puede inducir a confusiones: esa clasificación rebaja el estatus de los pueblos originarios, socava los principios de plurinacionalidad, de la libre determinación y la construcción de una constitución verdaderamente plurinacional.

    3.- La Subcomisión rechazó aprobar la creación de dos comisiones transversales de Perspectiva de Género y de Plurinacionalidad, que habían sido propuestas por constituyentes de escaños reservados, poniendo en riesgo la existencia de un enfoque transversal de plurinacionalidad y género que permee toda la construcción y redacción de las futuras normas constitucionales. Estas comisiones de transversalización, tenían por objeto informar a las demás comisiones los estándares internacionales que se deben tener en cuenta cuando se estén discutiendo las materias de forma y fondo  (territorio, agua, educación, salud, etc) relevantes para los Pueblos Indígenas, las mujeres, y las diversidades, con el fin de que sus derechos puedan ser garantizados integralmente en toda la Constitución.

    4.- Insistiremos en la necesidad de establecer en la Convención Constitucional una Comisión de Derechos de Pueblos Originarios y Plurinacionalidad que resguarde los derechos de los pueblos y su  transversalidad en el texto constitucional, y trabaje con la activa participación y mandato de nuestros pueblos y territorios, aportando a la creación de las normas constitucionales que consagren nuestros derechos humanos ancestrales, a través de un trabajo complementario al resto de las Comisiones Temáticas destinadas a ello. Ello permitirá aplicar la plurinacionalidad con un enfoque transversal para la construcción de una verdadera Constitución Plurinacional.

    Instamos a todas y todos los Convencionales a adherir y respaldar el establecimiento de la Comisión de Derechos de los Pueblos Originarios y Plurinacionalidad y su transversalidad. Instamos a avanzar en el respeto, garantía y consagración de los Derechos Humanos y de los Pueblos Originarios, haciendo frente a aquellos que siguen bloqueando el avance en la consagración de los derechos humanos y de los pueblos.

    5.- La Comisión que defendemos trabajará con la activa participación y mandato de nuestros pueblos y territorios, y elaborará las normas constitucionales que consagren nuestros derechos internacionalmente reconocidos, velando además por transversalizar el principio de plurinacionalidad para llegar a la construcción de una verdadera Constitución Plurinacional.

    6.- Hacemos un llamado a nuestros pueblos y comunidades a estar alertas y vigilantes de los debates y decisiones que se están adoptando en la Convención Constituyente de Chile. Ninguna decisión puede adoptarse sin el consentimiento de los pueblos, y sin el respeto a los estándares internacionales que versan sobre la materia.

    Invitamos a todas y todos a participar en el proceso constituyente y movilizarse en la defensa de los derechos humanos ancestrales. Nuestro deber y compromiso es actuar por mandato de los pueblos originarios, defender los derechos colectivos, la libre determinación, el consentimiento libre, previo e informado, los territorios, las autonomías y soberanía de nuestros pueblos.

    Erick Chinga (Diaguita),

    Wilfredo Bacian (Quechua),

    Lidia González (Yagán),

    Isabel Godoy (Colla),

    Natividad Llanquileo (Mapuche),

    Isabella Mamani (Aymara),

    Luis Jiménez (Aymara),

    Margarita Vargas (Kawéskar),

    Fernando Tirado (Chango),

    Tiare Aguilera (Rapa Nui)

    Félix Galleguillos (Lickanantay).

  • Industria salmonera recurre a Tribunal Constitucional Pinochetista para debilitar Ley Mapuche-Lafkenche

    Industria salmonera recurre a Tribunal Constitucional Pinochetista para debilitar Ley Mapuche-Lafkenche

    • En 2018, cientos de miles de salmones, especies exóticas y carnívoras para aguas chilenas, escaparon de granjas salmoneras que la multinacional Mowi mantiene en Isla Guar, al sur de Puerto Montt. La Ley exige recapturar el 10% de estos peces para no causar daño ambiental en los ecosistemas.
    • Otro compañía intenta debilitar la Ley Lafkenche que devuelve a los pueblos originarios sus espacios marino costeros. La industria salmonera señala que puede seguir avanzando en su expansión productiva y geográfica en territorios Mapuche y de pueblos indígenas de la Patagonia. 

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  • La corrupta Ley de Pesca también transgrede derechos de los Pueblos Indígenas

    La corrupta Ley de Pesca también transgrede derechos de los Pueblos Indígenas

    Ley de Pesca despojó de los derechos al acceso y uso de los recursos marinos a los Pueblos Indígenas como también, se implementó sin que el estado chileno cumpliera con su obligación de consulta a pesar que afectaba directamente los derechos de comunidades.

    ley longueira

    Durante 2010 y enero de 2013 el Parlamento chileno legisló y aprobó la actual Ley de Pesca que en su parte fundamental entregó derechos de propiedad de las cuotas pesqueras a las empresas industriales extractivas y a los dueños de embarcaciones del sector de la pesca artesanal. Esta ley sin embargo, no tomo en cuenta la presencia histórica de las comunidades indígenas en el extenso borde costero y sus derechos ancestrales a la extracción de peces, algas y mariscos. “De esta forma todos los pueblos indígenas presentes en este territorio quedaron despojados de este derecho a realizar cualquier actividad extractiva”, explica el periodista Patricio Melillanca.

    “La aprobación de esta Ley se realizó sin respetar el Convenio 169 de la OIT especialmente en su articulado respecto a la realización de la Consulta a los pueblos indígenas cuando lo que se discute afecta los intereses directos de las comunidades originarias”, indica el profesional.

    Cabe señalar que durante el proceso legislativo y hasta ahora, diversas organizaciones sociales, sindicatos de pescadores y organizaciones indígenas han denunciado que esta normativa fue legislada en un contexto de corrupción, Cohecho, soborno y fraude al fisco, ya que diversos parlamentarios que aprobaron esta Ley recibieron dinero de parte de las grandes empresas pesqueras. Por tal razón la Fiscalía chilena investiga a lo menos a 10 parlamentarios por estos casos, además de una indagatoria que realiza la fiscalía investigadora de alta complejidad que también investiga al ex ministro de Economía, Pablo Longueira, que entre 2010 y 2012 fue el principal impulsor de la Ley.

    Actualmente organizaciones y comunidades costeras han afirmado que esta Ley de Pesca no tiene validez para el Pueblo Mapuche, ya que los ha despojado de su derecho ancestral al acceso y uso de los recursos del mar y junto a organizaciones sociales, pescadores artesanales y estudiantes están demandando la anulación de esta normativa.

    Para esto además el parlamento chileno discute un proyecto de ley que también pide la anulación de la Ley de Pesca.

    Recientemente, diversas organizaciones vinculadas a la Red por la Defensa de los Territorios y al Movimiento por la defensa y recuperación aguas-territorios de la zona centro sur, extendieron antecedentes a la Relatora ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, Victoria Tauli – Corpuz, dando cuenta de estos hechos a través de una comunicación, solicitando sus oficios e intervención ante el estado chileno para que se restauren y reparen los derechos colectivos de los pueblos indígenas al acceso y uso de los recursos marinos y se cumplan las obligaciones estatales.

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  • Responden a Ministro Burgos ante posición contraria a respetar derechos indígenas

    Responden a Ministro Burgos ante posición contraria a respetar derechos indígenas

    El Ministro del Interior calificó de «fuera de la ley» la intención de levantar una asamblea constituyente mapuche. Sin embargo, académicos y representantes de las comunidades aseguran que la posibilidad está contenida en los tratados internacionales ratificados por el país, motivo por el que es posible convocarla.

    Por Paula Correa

    Radio Universidad de Chile

    Siguen las reacciones a la entrevista que Aucan Huilcamán diera a Radio Universidad de Chile, informando de la decisión de convocar a una asamblea constituyente mapuche.

    Uno de los primeros en mostrarse contrario a la idea fue el Ministro del Interior, quien catalogó a la iniciativa como “fuera de la ley”.

    De inmediato, Aucán Huilcamán, también encargado de relaciones internacionales del Consejo de Todas las Tierras reaccionó al rechazo del secretario de Estado a la propuesta de Asamblea Constituyente Mapuche y le recordó que la declaración de Naciones Unidas reconoce que los pueblos indígenas son titulares del derecho a la Libre Determinación.

    Con esto coincidió el Coordinador Jurídico del Observatorio Ciudadano, Hernando Silva, para quien las palabras del ministro Jorge Burgos también desinforman sobre la realidad de la legislación interna.

    “Deja en evidencia el absoluto desconocimiento del Ministro Burgos del orden constitucional chileno por cuanto el artículo quinto inciso segundo de la constitución establece que los tratados internacionales que regulan materias de Derechos Humanos, que están ratificados y vigentes en Chile, están inclusive por sobre el rango constitucional”, sostuvo.

    Silva añadió que con esto Burgos está desconociendo tratados tan importantes como el Pacto De Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales, y el Convenio 169, lo que reconocen autonomía a los pueblos indígenas y añadió que el ejercicio al que está llamando Aucán Huilcamán está completamente dentro del derecho.

    El abogado afirmó que los pueblos tienen el derecho de definir la regulación y el ideario normativo dentro del cual quieren desarrollarse, aunque eso debe ser conjugado el planteamiento que apunta a que el país se reconozca como un Estado plurinacional.

    En ese sentido, dirigentes dentro de la institucionalidad chilena se mostraron favorables a un gran diálogo. El concejal de la comuna de Curarrehue Fidel Tralma Huicán afirmó que “la característica principal del pueblo mapuche es el diálogo, y parlamentar se ha hecho de forma histórica” por lo que piensa que muchas comunidades y dirigentes estarían dispuestos a participar.

    Otros voceros, incluso de comunidades en procesos de reivindicación territorial como el werkén de Rankilko, Rodrigo Curipán, afirmaron que si bien es una iniciativa de una agrupación, asistirían en caso de ser convocados al proceso que comenzaría en noviembre.

    Pero hay quienes plantean que una mejor vía puede ser participar en el proceso de Asamblea Constituyente a nivel nacional para instalar, justamente, la noción de un Estado plurinacional y multicultural.

    El werkén del parlamento de Koz Koz, Jorge Weke, afirmó que a veces se plantea la autonomía como fórmula a ciegas. “Que los pueblos originarios se emancipen, creen auto-determinación y se liberen por sui mismo y eso a veces tienen como consecuencia después no comprenderse mutuamente”, sostuvo.

    Así aparecen varias propuestas, como la de participar de ambas instancias, realizando primero una gran conversación al interior del pueblo mapuche, para luego acudir con los objetivos claros al proceso constituyente a nivel nacional, buscando así generar un diálogo transparente entre ambas sociedades.

    Pero la forma que adopte este proceso dependerá el nütram (el diálogo) entre los propios mapuche. Lo que sí queda claro es que sea cual sea el proceso de organización que comience este pueblo, como cualquier pueblo originario de nuestro país no sólo es legítimo, sino que está amparado por el derecho nacional e internacional.

  • Elisa Loncon: «La reforma debe garantizar el derecho a la educación de los pueblos indígenas»

    Elisa Loncon: «La reforma debe garantizar el derecho a la educación de los pueblos indígenas»

    Desde comienzos de junio estuvo en paro el Colegio de Profesores de Chile, que exige del Estado un trato acorde con el papel clave de los maestros dentro de la sociedad. En este escenario, la Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Chile (DELPICH) ha  alzado su voz para expresar que el discutido Proyecto de Ley de Desarrollo Profesional Docente que impulsa el Gobierno tampoco considera las demandas de derechos lingüísticos, educativos y culturales indígenas.

    Comunicaciones ANIDE

    Boletin Pichikeche

    elisaElisa Loncon, magíster, doctora, y académica universitaria con especializaciones en educación intercultural y dirigente de la Red, destaca la importancia que tiene la educación intercultural bilingüe (EIB), no sólo para los indígenas sino para toda la sociedad. Y desde este punto de vista explica las falencias del proyecto del Gobierno. “Si la modalidad de EIB no aparece en el proyecto, los pueblos indígenas y sus lenguas no aparecen”, advierte.

    – ¿En qué medida o de qué forma el Proyecto de Ley de Desarrollo Profesional Docente que está impulsando el Gobierno puede incorporar las demandas de derechos lingüísticos, educativos y culturales de los pueblos originarios de Chile?

     – Mediante el reconocimiento de los derechos a la educación de los pueblos indígenas. Esto implica reconocer que el derecho es individual y también es colectivo; que las demandas específicas de los pueblos indígenas pertenecen a los derechos colectivos, por cuanto es necesario ampliar el debate de los derechos a la educación. Hoy el proyecto no reconoce a los pueblos, no habla de derechos colectivos y su resultado es que ninguna de las medidas propuestas para mejorar la calidad se refiere a la modalidad de educación intercultural bilingüe, la EIB. En el proyecto hay dos temas que perfectamente pueden abrirse a los derechos lingüísticos educativos indígenas: la inducción y la mentoría. Y también lo referido al valor unitario mensual de la subvención según modalidad educativa.

    La EIB se ha desarrollado vía dupla pedagógica, que es un sistema de mentoría donde un profesor de aula ayuda al educador tradicional hablante del idioma indígena a implementar la asignatura (aymara, quechua, rapanui o mapuzugun). Con éste sistema también se trabaja con los pueblos likan antay, kaweskar, selknam y yagan. Una de las debilidades de la experiencia es la falta de formación del profesor mentor en interculturalidad, que podría ser corregida con la presente ley. Hoy no hay instituciones, universidades que especialicen recursos humanos en interculturalidad y en revitalización lingüística.

    En un foro en la USACH (Universidad de Santiago de Chile), he planteado esta debilidad a la diputada Camila Vallejo, y ella me respondió que este vacío lo tendría que cubrir el CPEIP (Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas), como instancia de capacitación. Desde mi mirada, las universidades deben incorporarse al debate y sumarse a la solución del monolingüismo y monoculturalismo del país, formando profesores interculturales y bilingües en lenguas indígenas; no basta un curso de CPEIP, para cultivar y valorar la lengua indígena y para avanzar al pluralismo.

    Respecto al segundo punto, el proyecto establece “el valor unitario mensual de la subvención por alumno para cada nivel y modalidad de la enseñanza”. Si la modalidad de EIB no aparece en el proyecto, los pueblos indígenas y sus lenguas no aparecen. La pregunta es, si la reforma educativa no le asigna un presupuesto a la EIB, cómo se incentivará al docente que trabaja en EIB, y con qué recursos se financiará la EIB, la formación de recursos humanos especializados, los materiales didácticos, los recursos técnicos especialistas que den seguimiento a la experiencia, etc.

    Aquí hay una responsabilidad del Estado. Éste debe garantizar recursos para el ejercicio de los derechos de los indígenas; los indígenas no somos entes de segunda categoría; nuestros derechos son derechos humanos fundamentales, hemos vivido dos siglos de postergación y hoy no se puede seguir manteniendo el sistema, porque los indígenas nos estamos defendiendo con las mismas armas que ellos emplearon para oprimirnos, y su discurso sobre el derecho cae en contradicción con la opresión en que nos encontramos, como ocurre con el discurso del derecho a la educación Nuestra lucha es por derechos y aquí se debe resolver el conflicto del reconocimiento del derecho indígena  a la educación.

    – ¿En qué consisten estos derechos, y en qué documentos, oportunidades o presentaciones han sido planteados?

    – La reforma educativa debe garantizar el derecho a la educación a los pueblos indígenas. No sólo debe hacer asequible la escuela a las comunidades, sino también garantizar que el sistema educativo respete su lengua, cultura e identidad, la educación propia, el derecho a decidir un modelo educativo. En este caso, garantizar el derecho a la educación implica respetar derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas. Para ello se debe aplicar el Convenio 169 de la OIT, el artículos 4, el artículo 6 sobre consulta indígena y los artículos 27 y 28, sobre educación y enseñanza en la lengua indígena. La Ley General de Educación, referido al principio que releva el valor de la diversidad y los artículos 29 y 30 también respaldan la EIB; así también es válido  el artículo 30 de la Convención de los Derechos del Niño. La ley indígena quedó chica porque faculta al Estado a definir con los pueblos una EIB, pero cuando los pueblos piden educación propia, su demanda queda sin apoyo legislativo institucional. No obstante, ello es parte del derecho a la autodeterminación, entendida como el derecho a decidir.

    Por lo anterior, el Estado debe eliminar las barreras legales que impiden el ejercicio del derecho colectivo a la educación y generar más instrumentos jurídicos administrativos que lo garanticen. Esto es reconocer los derechos lingüísticos, permitir la educación propia de las comunidades,  reconocer otras maneras de expresión a la interculturalidad como son los programas de inmersión en lengua indígena, reconocer la territorialización de la educación. Por ejemplo, si una comunidad decide que a través de la escuela quiere proteger su cultura, su lengua y territorio, el Estado debe permitirlo, porque los pueblos tenemos derecho a la autodeterminación y eso es el poder de decisión sobre nuestro futuro. Cuando digo proteger un territorio, me refiero a la protección del ecosistema y el Kvme mogen, -el buen vivir que resulta de la convivencia comunitaria y el respeto a la naturaleza-, formar profesionales, ingenieros, técnicos, que sepan valorar las propiedades de su tierra, su suelo, de generar cultivos pertinentes y explotación no extractivista, por ejemplo.

    – En la formación que reciben los profesores, ¿se incluye la formación en educación intercultural bilingüe? ¿Dice algo al respecto el Proyecto Ley de Desarrollo Docente?, Y si no es así, ¿qué debería proponer?

     – En la formación inicial de los docentes en las universidades del país no se exige una asignatura que desarrolle competencias interculturales y bilingües en los profesores. Las universidades forman profesores monos: monoculturales, monolingües, monomodelo, que reproducen el modelo neoliberal. Y necesitamos profesores pluri, plurilingües, pluriculturales, pluridesarrollistas, es decir, que acepten otros modelos de desarrollo.

    Las universidades no miran el pensamiento indígena, siguen produciendo profesores y profesionales  insensibles a la causa de los pueblos originarios, insensibles a la naturaleza; excepto los que tienen la carrera de EIB, que forman a los alumnos en materias generales de interculturalidad. No obstante, todas las universidades debieran incorporar en su eje formativo los principios básicos de la interculturalidad y estrategias didácticas metodológicas que trabajen con la diversidad en el aula, y sobre todo porque además implica el debate de los derechos colectivos.

    – ¿Qué fórmula se puede proponer para fortalecer las competencias de la dupla pedagógica?

    – Hay una serie muy amplia de materias que se pueden impulsar en este sentido. Entre otras, la formación intercultural del profesor que participa de la dupla pedagógica; el reconocimiento al educador tradicional como portador de saberes comunitarios indígenas; el reconocimiento a la educación propia; crear incentivos para el docente que hace interculturalidad y para el docente indígena hablante de lenguas indígenas; realizar el seguimiento técnico a las escuela que implementan el sector de lenguas indígenas para indicar mejoras; apoyo en recursos para promocionar el valor de las lenguas indígenas y de la diversidad. Hoy el esfuerzo del Estado para la educación intercultural es mínimo.

     – ¿Puede un sistema institucional establecer exigencias para un educador tradicional? ¿Qué se debe considerar para fortalecer su rol? 

    – La pregunta no es si puede o no, porque en efecto lo hace. La pregunta es, ¿por qué el sistema educativo no reconoce la educación propia, comunitaria, a la que pertenece el educador, si ya está trabajando con él? El problema es la ausencia de un protocolo de inclusión del educador tradicional en el sistema. Se le exige cumplir con la educación escolarizada cuando nunca se preparó para eso. Aunque se le den cursos, se le debe aceptar como conocedor de saberes tradicionales, que responde a una educación propia. El/ella en la mayoría de las veces responde a su formación comunitaria, no al sistema escolar. Creo que el MINEDUC aquí comete un error, porque lo que necesita no es escolarizar al educador, sino formar profesores interculturales, formar profesores de lengua indígena; el educador tradicional lo va a necesitar siempre, pero no puede transformar su naturaleza. Lo que falta es el reconocimiento de la educación comunitaria propia y lineamientos de convergencia y complementación entre los sistemas, el propio y el escolar. Para hacer EIB se debe valorar y reconocer ambos sistemas.

    El fortalecimiento del rol de educador pasa por un decreto de reconocimiento de la educación propia, que respalde al educador como experto indígena, como sabio comunitario. Y que además valore y ponga en valor su trabajo, porque hoy se le paga una miseria.

    – ¿De qué manera el Estado o las instituciones pueden aportar a la revitalizar las lenguas indígenas?

    –  Con una política lingüística de reconocimiento y valoración de las lenguas indígenas, es decir, con una nueva política, plurilingüe y pluricultural. Hoy las instituciones son monolingües y son incapaces de funcionar en el plurilingüismo. Las instituciones las hacen las personas y éstas fueron formadas en una sola lengua, en una sola cultura, por eso no saben ponerse en el lado del bilingüismo; el sistema los enmarcó en la hegemonía lingüística del castellano. Para avanzar hacia una sociedad bilingüe o plurilingüe hay que educar en el plurilingüismo a todos, no sólo a un grupo, porque ello genera exclusión.

    – ¿A qué se debe la limitada cobertura que ofrece hasta ahora el programa EIB y cómo se puede expandir?

    – A la falta de política de educación pluricultural y bilingüe, y a la falta de valoración de las raíces indígenas del chileno. En la mayoría de los chilenos corren genes de Lefxaru, de Janekew; mapuche, aymara, yagan etc. pero el chileno es despreciativo de lo indígena, y así cae en el autodesprecio sin siquiera darse cuenta. Y esto es muy triste; por eso mira para Europa y no mira sus raíces. Cuando se les plantea bilingüismo en lengua indígena, te dice  por qué no el chino, o el inglés que es más útil. Cuando le dices interculturalidad, dice por qué no multiculturalidad dado a que estamos con tantos migrantes. Con estas preguntas evidencia la evasión de su identidad y de sus raíces. También falta reconocimiento del derecho de los pueblos a tener su propia lengua. Solo se otorga el 0,046% del presupuesto educativo a este tema, porque no es prioritario en las actuales políticas y con este recurso no se avanza.

    – ¿Existe alguna iniciativa hacia el gremio de los profesores para que se haga parte de las demandas culturales, educativas  y lingüísticas de los pueblos indígenas?

    – No, no se ha generado ninguna  propuesta y esto es una debilidad. Los profesores indígenas marchan, se movilizan en el movimiento de profesores, no por los derechos colectivos de sus pueblos o por el pluralismo cultural lingüístico. Las veces que como indígenas hemos entrado a dialogar con los profesores chilenos para incorporar nuestras demandas, nuestras propuestas han terminado diluidas en las demanda generales. Así, por el arte de la hegemonía del castellano desaparecen nuestros derechos, las palabras que lo representan, se blanquean las propuestas, se saca lo indígena, sale la interculturalidad y finalmente vemos con decepción la ausencia del componente intercultural bilingüe y del derecho de los pueblos, que demoramos horas en ponerlo en la discusión. Por otro lado, el Colegio de Profesores no hace suya la interculturalidad ni la demanda del pluralismo lingüístico. El movimiento indígena ha planteado el tema de la corresponsabilidad del chileno en la opresión indígena; pero esto no se traduce aún en una iniciativa conjunta, en un petitorio por los derechos a las identidades, a las raíces, por los derechos colectivos, por los  derechos a la pluralidad cultural.

    En este caso, las entidades democráticas y sociales deben dar espacio autónomo a los indígenas para presentar sus propuestas sin hegemonía política, cultural, ni lingüística. Las demandas indígenas, los derechos humanos colectivos, deben ser respetados por todos los ciudadanos, así se pueden pluralizar las demandas y las políticas.

    Necesitamos una mesa indígena para negociar nuestras demandas frente al Estado en esta reforma educativa, y representarnos nosotros mismos. No necesitamos mediadores de comisiones que después borran todo con su lenguaje y en esto el movimiento estudiantil y de profesores pueden acompañarnos solidariamente.

    – ¿En qué situación se encuentra  el Proyecto de Ley de Derechos Lingüísticos que se presentó hace ya bastante tiempo al Congreso?

    – Está en el Congreso durmiendo, por falta de prioridad del gobierno y por falta de recursos. Los indígenas compartimos el territorio para que exista este país que se llama Chile, ahora el Estado debe reparar, reconocer que ha sacrificado a nuestros pueblos y antepasados para existir. Queremos justicia y reparación en recursos económicos que nos ayuden a revitalizar nuestras lenguas, culturas y territorio.

    Entonces demos paso al debate de la Ley de Derechos Lingüísticos. Ahora. Es urgente.