Algunas reflexiones sobre los derechos políticos, colectivos e indígenas, respecto a la población, pueblo y sociedad mapuche, “en la medida que consiga desarrollar una acción social en la cual sus propias instituciones sean incorporadas en la política cotidiana, alcanzará un mayor nivel de consolidación como un sujeto colectivo”…
Fuente: Revista CUHSO*
Por Ronny Leiva Salamanca.-
En Chile, tras más de 25 años de implementación de políticas públicas en materia indígena, es posible observar que aún no existen las condiciones suficientes para el desarrollo de procesos de consulta indígena a la altura de los estándares internacionales de derechos humanos, respecto de lo cual, una parte de responsabilidad, recae sobre el propio pueblo mapuche que no ha conseguido establecer una autodefinición clara de sus formas de representación colectiva.
La promulgación de la Ley indígena 19.253 no ha contribuido mayormente a dar una solución a las demandas de reconocimiento de derechos colectivos de los pueblos indígenas. Como se ha visto, la creación de las comunidades funcionales indígenas ha generado el desplazamiento de las autoridades tradicionales mapuche así como la negación y marginación de sus propias formas de organización, instituciones representativas y derecho propio.
Sin bien el pueblo mapuche ha mostrado una gran capacidad de persistencia, al haber mantenido vigentes sus propias instituciones y formas de organización originadas desde el derecho propio, tras más de cien años de la ocupación de su territorio ancestral, continúa la indefinición y la carencia de un proyecto político propio que involucre al común de la población mapuche o, al menos, tenga un grado considerable de adhesión en cuanto a la o las formas en que se debería canalizar la participación y la representación política del pueblo mapuche.
Aun cuando la población mapuche despliega ciertas estrategias de adaptación, a nivel local, para hacer frente a las limitaciones y la negación de las propias instituciones y agentes mapuche en tanto representantes de una identidad política colectiva, la falta de reconocimiento real de las instituciones ancestrales o tradicionales en la legislación chilena, establece un escenario en el que se continúa coartando las posibilidades de participación efectiva de la sociedad mapuche en las decisiones relativas a sus prioridades de desarrollo.
La protección por parte del pueblo mapuche de sus territorios de ocupación tradicional frente a la intervención externa sin duda presenta un componente medio ambiental. Sin embargo, la población mapuche se enfrenta a un desafío mayor que es el de observar el estado actual de su sociedad y trabajar en el sentido de ejercer sus derechos políticos, entre ellos el derecho a la jurisdicción y soberanía indígena reconocidos en la Declaración de derechos indígenas.
El Convenio 169 de la OIT puede contribuir a mejorar las posibilidades de los pueblos indígenas para avanzar en el reconocimiento de sus propias instituciones representativas y, asimismo, para avanzar en incorporar en la legislación el concepto de territorio indígena. Pero las limitaciones para la protección de los territorios indígenas persistirán mientras no se llegue a desarrollar un claro entendimiento de que los derechos humanos de los pueblos indígenas forman parte del bien común, como lo ha sostenido el Relator de Derechos Indígenas James Anaya.
No obstante, persiste la falta de garantías para los derechos colectivos de los pueblos indígenas en conformidad con el estándar internacional, el reglamento de evaluación ambiental que incorpora la obligación de consulta indígena en el marco de proyectos de inversión, pone de manifiesto el desafío que tiene la población mapuche de avanzar en la definición de sus estructuras de representación colectiva, dando inicio a una coyuntura de cambio institucional hasta ahora inédita en Chile.
Solo en la medida que la población mapuche consiga desarrollar una acción social en la cual sus propias instituciones ancestrales sean incorporadas y reconocidas como parte de una práctica política cotidiana, el pueblo mapuche podrá alcanzar un mayor nivel de consolidación como un sujeto histórico colectivo. Y así desde los agentes institucionales, que han representado históricamente sus intereses colectivos, desplegar una expresión política más plena y trascendente en su relación con el Estado.
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* Conclusiones del artículo “Instituciones mapuche en Chile: del derecho propio a la consulta indígena” Revista Cultura-Hombre-Sociedad CUHSO, N° 24 Vol. 1, 2014. pp. 103-138. Ver artículo completo versión PDF
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